Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 23 de Octubre de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 406281122

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 23 de Octubre de 2012

Fecha23 Octubre 2012
Número de expediente63536
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS

Magistrado Ponente

JAVIER ZAPATA ORTÍZ

Aprobado Acta No.394

Bogotá D.C., veintitrés (23) de octubre de dos mil doce (2012).VISTOS

Se pronuncia la Sala en primera instancia acerca de la acción de tutela interpuesta por L.A.R.M., en procura del amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, a la libertad, a la integridad personal y al derecho de petición, que considera le han sido vulnerados por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, vinculación que se hizo extensiva al señor E.I.M.M., procesado dentro de la actuación. ANTECEDENTES 1. L.A.R.M., se encuentra recluido en el Establecimiento Penitenciario y C. la Picota de Bogotá, en virtud del proceso penal adelantado en su contra junto con el señor É.I.M.M..

  1. El 24 de mayo de 2012 en el decurso de una de las audiencias públicas, el apoderado de los procesados propuso incidente de nulidad “por aceptar principio de oportunidad en la etapa de juzgamiento a dos (2) de los detenidos implicados en el proceso”, razón por la cual se suspende la diligencia y se remite el expediente a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, para los fines legales pertinentes.

  2. En vista que la corporación en mención no se había pronunciado respecto al incidente de nulidad propuesto, el 7 de septiembre de 2012, el accionante junto con el otro procesado, radicaron ante esa colegiatura derecho de petición, solicitando información sobre el estado actual del proceso, respuesta que tampoco ha recibido, superando el término legalmente establecido para tal efecto, esto es, 15 días hábiles. LA DEMANDA L.A.R.M. interpone acción de tutela contra la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, al cual acusa de vulnerar los derechos fundamentales al debido proceso, a la libertad, a la integridad personal y al derecho de petición, al no recibir información acerca del proceso adelantado en su contra y desconocer si se desató o no el incidente de nulidad propuesto el pasado 24 de mayo.

TRÁMITE DE LA ACCIÓN Avocado su conocimiento, se ordenó correr traslado de la demanda a la autoridad accionada, haciéndose extensiva al señor E.I.M.M. - procesado dentro de la actuación -, para que ejercieran el derecho de contradicción; la autoridad accionada y el tercero interviniente, guardaron silencio.

CONSIDERACIONES DE LA CORTE
  1. El artículo 86 de la Constitución Política establece que toda persona tiene derecho a promover acción de tutela ante los jueces con miras a obtener la protección inmediata de sus derechos fundamentales, cuando por acción u omisión le sean vulnerados o amenazados por cualquier autoridad pública o por particulares en los casos previstos de forma expresa en la ley, siempre que no exista otro medio de defensa judicial, o existiendo, cuando la tutela se utilice como mecanismo transitorio para evitar la materialización de un perjuicio irremediable.

  2. En el evento sometido al análisis de la Sala, la presunta vulneración de los derechos fundamentales de petición, debido proceso, libertad, e integridad personal invocados por L.A.R.M., se derivan del hecho, que la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá no le ha dado respuesta a la solicitud radicada el 7 de septiembre de 2012, encaminada a que se le informara el estado actual del proceso y específicamente el trámite ofrecido a la apelación interpuesta por su apoderado, invocando una eventual nulidad dentro del proceso adelantado en su contra junto con E.I.M.M..

    El accionante...

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