Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 8 de Noviembre de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 409150090

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 8 de Noviembre de 2012

Fecha08 Noviembre 2012
Número de expediente63958
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 2

Magistrada Ponente:

M.D.R.G.M.

Aprobado Acta N° 412

Bogotá, D.C., ocho (8) de noviembre de dos mil doce (2012).OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO

Resolver la impugnación presentada por R.G.V. en contra de la sentencia de tutela proferida el 25 de septiembre último por el Tribunal Superior de Cartagena, que negó el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso, trabajo e igualdad, presuntamente vulnerados por la Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad de San Buenaventura – Seccional Medellín –.

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

Refiere el actor que se inscribió en la convocatoria N° 128 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales con el propósito de ocupar en propiedad el cargo de Gestor I 301 – Agente de Soporte al Comercio Exterior, en curso de la cual, el 2 de febrero de 2011 ingresó a la plataforma con la documentación requerida para el estudio correspondiente en la etapa de evaluación de antecedentes.

No obstante, publicados los resultados de dicha fase el 21 de agosto del año en curso, advirtió que por el factor experiencia le otorgaron un puntaje inferior al correspondiente de acuerdo con las certificaciones laborales allegadas; según se indicó, por cuanto muchas de ellas resultaron descartadas al no describir las labores realizadas.

Inconforme con lo anterior, aduce que elevó reclamación ante la Universidad accionada por considerar que las certificaciones expedidas por los diversos despachos judiciales indicaban con claridad en cada una de ellas el ejercicio profesional como abogado litigante, sn obtener resultados favorables.

Así las cosas, afirma la vulneración de los derechos fundamentales invocados, pues el bajo puntaje referido afecta sus aspiraciones de ingreso a la DIAN, en la medida en que no corresponde con la documentación laboral aportada. Por lo tanto, para el restablecimiento de los mismos, solicita se ordene a las entidades accionadas la valoración de antecedentes de acuerdo con cada una de las certificaciones allegadas.

TRÁMITE DE LA PRIMERA INSTANCIA

  1. Con auto de 13 de septiembre último, el juez colegiado de instancia admitió la demanda de tutela y notificó del trámite a las entidades accionadas.

  2. La Comisión Nacional del Servicio Civil adujo que las certificaciones allegadas por el actor para la validación de la experiencia requerida no cumplieron los requisitos establecidos en los artículos 8 y 10 del Acuerdo N° 127 de 2009, en tanto no reseñan la relación de funciones desempeñadas, fechas de iniciación y terminación de las mismas, como tampoco horas de dedicación; razón por la cual...

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