Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 28 de Noviembre de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 410230926

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 28 de Noviembre de 2012

Fecha28 Noviembre 2012
Número de expediente64244
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS

MAGISTRADO PONENTE

L.G.S.O.

APROBADO ACTA No. 437-

Bogotá, D.C., veintiocho (28) de noviembre de dos mil doce (2012).

ASUNTO

Sería del caso resolver la impugnación presentada por E.T. CLAROS frente a la decisión proferida el 16 de octubre de 2012 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cali, mediante la cual negó por improcedente la tutela interpuesta contra la Fiscalía 35 Seccional de Cali y la Secretaria de Tránsito Municipal de la misma ciudad, de no ser porque se advierte una causal de nulidad que implica retrotraer la actuación.

ANTECEDENTES
  1. - Fundamentos de la acción

    Según lo relatado por actor, el 7 de junio de 2012, a las 5 p.m., se desplazaba a bordo de la camioneta de su propiedad de placas CQK-505, a la altura de la carrera 80 entre calles 13 y 14 de la ciudad Cali, cuando un motociclista que se movilizaba a alta velocidad colisionó con la parte trasera de su auto, lo cual le ocasionó múltiples lesiones que le ocasionaron la muerte a éste.

    El automotor fue inmovilizado y llevado a los patios autorizados por la Oficina de Tránsito de esa localidad por orden de la Fiscalía 35 Seccional, autoridad que hasta el 12 de agosto del presente año permitió retirarlo.

    Indicó que a pesar de no tener ninguna responsabilidad en el accidente, el Centro de Diagnóstico Automotor del Vale Ltda. le exigió la suma de $1.300.000 para entregárselo, dinero que no está en condiciones de pagar por su precaria situación económica.

    E.T. CLAROS presentó acción de tutela contra los accionados ante la vulneración de sus derechos al trabajo, a la propiedad privada y al mínimo vital, por cuanto para entregarle el vehículo de su propiedad le exigen el pago del parqueadero por un valor de $1.300.000.

    Solicitó la entrega de la camioneta exonerándolo de dicha cancelación.

  2. Las respuestas

    2.1. Fiscalía 35 Seccional de Cali

    La F. solicitó negar la tutela, toda vez que no aparece demostrada limitación alguna de los derechos invocados por el actor, pues lo que se hizo fue un claro y explícito reconocimiento del derecho de propiedad sobre el automotor, ordenando su entrega definitiva tras establecer que el causante de los hechos había sido el mismo fallecido.

    Indicó que no ordenó la inmovilización del automotor pues dicha labor fue ejecutada por los miembros de la policía judicial. No obstante, dispuso la entrega del...

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