Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 5 de Marzo de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 433055822

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 5 de Marzo de 2013

Fecha05 Marzo 2013
Número de expediente65434
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELASMagistrado Ponente

JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ

Aprobado acta número 068.Bogotá, D.C., cinco de marzo de dos mil trece.

OBJETO DE LA DECISIÓN

Resuelve la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Decisión de Tutelas, la impugnación interpuesta, en nombre propio, por H.H.R.C., contra el fallo emitido el 7 de febrero de 2013, por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, mediante el cual negó el amparo de sus derechos fundamentales, supuestamente vulnerados por el Juzgado 6º Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá.

ANTECEDENTES

Y

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓNH.H.R.C., quien se encuentra privado de la libertad en el establecimiento carcelario La Picota, promovió acción de tutela en contra del Juzgado 6º Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, siendo vinculados al trámite la Fiscalía 159 Seccional, el Juzgado 18 Penal Municipal con función de Control de Garantías y los sujetos procesales quienes intervinieron en el asunto objeto de cuestionamiento, por considerar vulnerados sus derechos fundamentales a la defensa y al debido proceso, en el marco del proceso penal que por la comisión del delito de estafa agravada se adelantó en su contra.

Como sustento de su reparo, expone que se encuentra restringido de su libertad desde el 25 de abril de 2011, por cuenta de otra actuación penal, sin que los despachos demandados le hayan comunicado la reapertura del asunto referido, pues, continúa, del último suceso que tuvo noticia, fue de la orden de archivo dispuesta por el F.. Además, destaca que las comunicaciones de dicha determinación se enviaron a una dirección que no corresponde a la suya, situación que le impidió ejercer sus garantías iusfundamentales y demostrar su inocencia en relación con los cargos formulados.

De otro lado, señala que el agravante del delito por el cual fue condenado no encuentra sustento en la medida que la cuantía no supera los 150 smlmv.

En este contexto, pretende que por medio de la acción de tutela se declare la nulidad del diligenciamiento penal.FALLO OBJETO DE IMPUGNACIÓN

La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, mediante fallo del 7 de febrero de 2013, negó el amparo reclamado, por considerar que la Fiscalía 159 Seccional, en efecto, mediante decisión del 16 de febrero de 2010, ordenó el archivo de las diligencias seguidas en contra de H.H.R.C., determinación de la cual se notificó de manera personal y como su dirección señaló la “carrera 6 No. 91 – 45 apartamento 102”, lugar donde, luego de disponerse el desarchivo de las diligencias, fueron enviadas las comunicaciones de los actos siguientes.

De otro lado, destaca la Colegiatura que el actor sí estaba enterado de la actuación seguida en su contra, tan es así, que mediante memoriales del 6 de julio y 20 de septiembre de 2012 solicitó el aplazamiento de la audiencia de formulación de imputación.

Bajo este panorama, coligió el Tribunal, de un lado, que el actor de manera voluntaria optó por asumir una actitud renuente frente al llamado de la administración de justicia, de otro que, según el art. 267-1 del Código Penal, el agravante por la cuantía que le fuera formulado por la comisión del delito de estafa resulta a todas luces legítimo debido a que “sin tener en consideración que el predio objeto de negociación se encuentra avaluado en sesenta y cuatro millones de pesos ($ 64.000.000), se tiene que resulta intrascendente, dado que aún, de aceptarse que esta es la cuantía del delito de todas formas se configura la causal de agravación”[1].

IMPUGNACIÓN

El actor impugnó el fallo atrás citado, pero se abstuvo de sustentarlo.

CONSIDERACIONES DE LA SALA

El art. 86 de la Constitución establece que toda persona tiene derecho a promover acción de tutela ante los jueces, con miras a obtener la protección inmediata de sus derechos fundamentales, cuando, por acción u...

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