Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 2 de Abril de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 439205082

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 2 de Abril de 2013

Número de expediente31810
Fecha02 Abril 2013
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORALJ.M.B.R.

Magistrado PonenteTutela No. 31810

Acta Extraordinaria No. 28

Bogotá D.C., dos (2) de abril de dos mil trece (2013).

Se pronuncia la Corte sobre la acción de tutela interpuesta a través de apoderado judicial por J.P.R. BARCO contra FRIGORÍFICO JONGOVITO S.A. – FRIGOVITO S.A., trámite al cual se vinculó a la SALA DE DESCONGESTIÓN LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CALI y el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE PASTO.I-. ANTECEDENTES

1-. El accionante presentó acción de tutela, al considerar que le han vulnerado sus derechos fundamentales, dentro del trámite ordinario laboral que instauró en contra de FRIGORÍFICO JONGOVITO S.A. – FRIGOVITO S.A.

Para ello manifiesta que se vinculó como operario a la sociedad demandada el 11 de diciembre de 1977. Luego, el 9 de febrero de 1998, el contrato de trabajo le fue modificado de manera unilateral, disponiéndose que su jornada era “de medio tiempo, con la mitad del salario, pero en realidad continuaba trabajando de tiempo completo, aunque se le pagaba la mitad del salario”.

Sostiene que la relación contractual finalizó el 4 de julio de 2006, procediendo el empleador a liquidar sus prestaciones sociales, lo cual se realizó de manera incompleta.

Informa que en el desarrollo de la relación, sufrió un accidente laboral el día 30 de diciembre de 1997 “y a consecuencia de ello resultó lesionado en los dedos de su mano izquierda”. En razón a que no se le canceló la indemnización por los daños generados, se vio avocado a iniciar un proceso laboral en el cual pretendía, entre otras, su pago.

De la acción conoció el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Pasto, despacho que condenó a la demandada al pago de diferentes conceptos, incluida la indemnización por el accidente de trabajo, en cuantía de cinco millones cien mil pesos. Tal decisión fue recurrida por la accionada, correspondiéndole conocer en segunda instancia a la Sala de Descongestión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, quien procedió a revocar el fallo censurado en lo atinente a la condena al pago de la indemnización por el accidente de trabajo y en su lugar absolvió a la demandada de tal súplica, al estimar que se encontraba prescrita, decisión que fue notificada el 22 de junio de 2012.

Se duele el peticionario de la determinación proferida por el Juez Colegiado, la que considera constitutiva de vía de hecho, por cuanto valoró en...

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