Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 31 de Mayo de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 445828210

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 31 de Mayo de 2013

Número de expediente66489
Fecha31 Mayo 2013
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS

Magistrado Ponente:

J.L.B.M.

Aprobado Acta No. 156

Bogotá D.C., veintiuno (21) de mayo de dos mil trece (2013).

VISTOS

Resuelve la Sala la acción de tutela promovida por OLMER PEDROZA ARIAS, contra el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de El Santuario y la Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia, en defensa de su derecho fundamental al debido proceso, que estima le fue vulnerado, ante la negativa de las referidas autoridades de sustituirle la prisión intramural por la domiciliaria. ANTECEDENTES 1. O.P.A., fue condenado el 29 de mayo de 2009 por el Juzgado 5º Penal del Circuito Especializado de Bogotá, a la pena principal de 90 meses de prisión, por el concurso de delitos de concierto para delinquir con fines de narcotráfico y tráfico de sustancias para el procesamiento de narcóticos, negándosele el beneficio de la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria.

  1. En firme la sentencia, de la ejecución y vigilancia del fallo correspondió conocer al Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de El Santuario, a quien el actor solicitó se le cobijara con el beneficio de la prisión domiciliaria, al considerar satisfechos los requisitos de la Ley 750 de 2002. Tal petición le fue negada en proveído de 19 de noviembre de 2012, con fundamento en que no se cumplía con las exigencias previstas para su concesión, ya que no ostentaba la calidad de hombre cabeza de familia. Inconforme con el resultado, el actor apeló la decisión, remitiéndose la actuación a la Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia, Corporación que en proveído de 7 de marzo de 2013, la confirmó. 3. O.P.A., acude al mecanismo de amparo con el propósito de que se proteja su derecho fundamental al debido proceso, ya que contrario a la afirmación de las autoridades judiciales accionadas, sí cumple con todos los presupuestos requeridos para que se le sustituya la prisión intramural, por la domiciliaria.

    TRÁMITE DE LA ACCIÓN Admitida la demanda, se ordenó correr traslado a las autoridades accionadas para que ejercieran el derecho de contradicción y aportaran las pruebas que estimaran pertinentes.

    En su defensa, la titular del Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de El Santuario, informa que ese despacho conoce de la ejecución y vigilancia de la pena impuesta por el Juzgado 5º Penal del Circuito...

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