Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 13 de Junio de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 447752370

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 13 de Junio de 2013

Fecha13 Junio 2013
Número de expediente67214
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS No. 1

MAGISTRADO PONENTE

L.G.S.O.

APROBADO ACTA No. 180-

Bogotá, D.C., trece (13) de junio de dos mil trece (2013).

ASUNTO

Se resuelve la impugnación presentada por U.S.S., quien acude a través de apoderado judicial, contra la sentencia proferida el 10 de abril de 2013 por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, mediante la cual le negó la tutela interpuesta contra la Sala Única del Tribunal Superior de Arauca, por la vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso y a la igualdad.

A la presente actuación fueron vinculados el Juzgado Promiscuo del Circuito de Saravena, L.S.Q., J.A.M.C., L.A.G.D., R.C.V., J.D.T.S., J.J.T., W.A.N.G., A.O.M., H.Z. y C.S.D..

ANTECEDENTES
  1. Hechos y fundamentos de la acción

    1.1. U.S.S. y otros, mediante apoderado judicial, promovieron proceso ordinario laboral contra el Consorcio ECO-PARK 2006[1] integrado por la Sociedad Zeta Constructores Ltda., y de manera solidaria contra el Departamento de Arauca, en aras de obtener la declaración de existencia de un contrato de trabajo a término indefinido y el pago de las prestaciones sociales.

    1.2. El 27 de septiembre de 2011[2] el Juzgado Promiscuo del Circuito de Saravena declaró, entre otros, que entre las partes existió una relación laboral.

    1.3. El 15 de febrero de 2013[3] la Sala Única del Tribunal Superior de Arauca, en sede de consulta, declaró la nulidad a partir de la audiencia de juzgamiento y, en consecuencia, ordenó al A quo realizar nuevamente el emplazamiento de los demandados.

    1.4. S.S., quien acude a través de apoderado judicial, presentó acción de tutela contra el referido Tribunal por la vulneración de sus derechos al debido proceso y a la igualdad, por haber dejado sin efecto el proceso ordinario laboral y retrotraído la actuación desde la etapa del juicio.

    Señaló que el demandado sobrepasó el margen interpretativo de la normatividad que se ajusta a su caso, pues la aplicó de forma inaceptable, desproporcionada, irrazonable y claramente perjudicial para los intereses legítimos de los trabajadores intervinientes dentro del proceso.

    Pidió revocar el fallo proferido por el Ad quem.

  2. Las respuestas

    2.1. Sala Única del Tribunal Superior de Arauca

    La Magistrada ponente informó que la determinación cuestionada por el actor fue producto de un razonamiento debidamente argumentado, lo cual no...

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