Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 11 de Junio de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 447753246

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 11 de Junio de 2013

Número de expediente66642
Fecha11 Junio 2013
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS

Magistrado Ponente:

J.Z.O.

Aprobado Acta No. 178

Bogotá D.C., once (11) de junio de dos mil trece (2013).

ASUNTO

Se pronuncia la Sala en relación con la impugnación presentada por R.E.P.M. contra el fallo de tutela proferido el 1 de marzo de 2013, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla, a través del cual negó por improcedente el amparo de sus derechos fundamentales de debido proceso y defensa, presuntamente vulnerados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – Barranquilla y la Unidad de Delitos contra la Administración Pública de la Fiscalía General de la Nación, en actuación que involucró al Juzgado Segundo Penal del Circuito de esa ciudad.

ANTECEDENTES

Fueron resumidos por el a quo de la forma como sigue:

“El accionante en su escrito manifestó que el día 21 de noviembre de 2012, recibió una visita en su residencia ubicada en la Calle 57 No. 45-56 Apto.402B, por parte de un funcionario de la DIAN, éste fue atendido por su cónyuge, señora F.C., dicho empleado dejó una citación para que compareciera ante las oficinas de la DIAN el día veintisiete (27) de noviembre de 2012.

”Acorde a lo anterior, el petente se dirigió el día veintiséis (26) de noviembre de 2012, a la entidad DIAN, siendo atendido por la funcionaria de división de cobranzas, quien le informó que tenía un proceso administrativo coactivo en curso, además de una sentencia proferida por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Barranquilla, radicado bajo el número 2006-00463-00. Por el delito de omisión de agente retenedor o recaudador, quien lo condenó a la pena principal de treinta síes (36) meses de prisión y le concedió el subrogado de la pena de ejecución condicional, además de que le ordenó el pago a favor de la DIAN de la suma de dieciséis millones setecientos veintiún mil pesos (16´721.000) por concepto de impuesto sobre la venta correspondiente a los años 2000, 2001, 2002, con los respectivos intereses causados que deberá consignar en el Banco Agrario.

”El usuario alegó desconocer de la actuación que se llevaba en su contra, dado que nunca fue notificado debidamente, pues la dirección a donde enviaban las notificaciones estaba errada, puesto que enviaron con destino a la Carrera 25 No. 53-06 de Barranquilla, arguyendo éste que en su última declaración de renta, conforme al certificado de existencia y representación legal, la dirección que allí reposa es la Carrera 25ª No. 53-06 de Barranquilla. Por lo cual no tenía conocimiento del proceso que se adelantaba en el Juzgado Segundo Penal del Circuito.

”Más aún, señaló el yerro...

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