Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 25 de Abril de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 450129858

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 25 de Abril de 2013

Número de expediente11001221000020130006401
Fecha25 Abril 2013
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Magistrado Ponente:

ARTURO SOLARTE RODRÍGUEZ

Bogotá, D.C., veinticinco (25) de abril de dos mil trece (2013).-

(discutido y aprobado en Sala de 10 de abril de 2013). Ref.: 11001-22-10-000-2013-00064-01

Decide la Corte la impugnación formulada por el accionante respecto de la sentencia proferida el 5 de marzo de 2013 por la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, dentro de la acción de tutela instaurada por el señor R.Z.Z. contra el Juzgado Noveno de Familia de la misma ciudad.ANTECEDENTES

  1. El actor solicita el amparo del derecho fundamental al debido proceso, presuntamente vulnerado por el despacho judicial accionado dentro del proceso de disminución de cuota alimentaria que entabló contra la señora N.Y.M.T. en representación de sus hijos menores L.J. y D.A.Z.M..

  2. Como soporte fáctico de su reclamo constitucional, indica que la cuota alimentaria de la que pretendió su reducción fue fijada dentro del proceso de cesación de efectos civiles de matrimonio católico que en su contra impulsó la madre de sus hijos, asunto en el que se concilió el pago de la obligación “al menos hasta que se encuentre hecha la repartición material de los bienes de la sociedad conyugal, situación [a la] que la señora M.T., se ha negado tajantemente a pesar de haber recibido más de DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS en la liquidación”.

    Asegura que aunque la parte demandada en las diligencias judiciales censuradas “SE ALLANÓ A LAS PRETENSIONES, NO PROPUS[O] EXCEPCIONES, NO PRESENTÓ RECURSO ALGUNO [y] NO SOLICITÓ PRUEBAS”, el juzgado accionado fijó fecha para adelantar la audiencia de que trata el artículo 145 del Código del Menor, a la cual no asistió la demandada. Agrega que en esa oportunidad adosó copia del acta de conciliación que las partes suscribieron el 13 de agosto de 2012 ante la Fiscalía Local 122 de Bogotá, con la que se modificó el acuerdo existente sobre la obligación de alimentos, ello para demostrar “el abuso” de la madre de los niños al denunciarlo por inasistencia alimentaria.

    Señala que “sorpresivamente” se citó a su contraparte para interrogatorio, además de lo cuál, se le requirió a él para que allegara copia auténtica del acuerdo conciliatorio mencionado. Afirma que ese requerimiento le “pareció extraño” porque no se concilió “el tema de la disminución de cuota”, puesto que “la Fiscalía no era competente para realizar conciliaciones de familia”.

    Advierte que sin tener en...

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