Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 11 de Julio de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 452297598

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 11 de Julio de 2013

EmisorSala de Casación Penal
Fecha11 Julio 2013
Número de expediente67770
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE DECISIÓN PENAL DE TUTELAS

Magistrado Ponente:

F.A.C.C.

Aprobado Acta No. 214

Bogotá, D.C., julio once (11) de dos mil trece (2013).

VISTOS

Decide la Sala la impugnación interpuesta por ARNULFO CORREA SEVILLANO, P. y representante legal de la Corporación Socio-Política Tertulia de la Candelaria, frente a la decisión proferida el 6 de junio del año en curso por una Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, a través de la cual negó el amparo para los derechos fundamentales al debido proceso, igualdad, confianza legítima y a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político, presuntamente vulnerados por el Consejo Nacional Electoral, la Registraduría Nacional del Estado Civil y la Alcaldía de Medellín.

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:

  1. ARNULFO CORREA SEVILLANO, P. y representante legal de la Corporación Socio-Política Tertulia de la Candelaria y otras personas más, pusieron de presente que el 30 de octubre de 2011 se llevó a cabo en el país las elecciones de autoridades regionales, locales y de corporaciones de representación popular -gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles-, para el periodo constitucional 2012-2015.

  2. Agregaron que F.A.S.J., Alcalde de Medellín montó y dirigió una “empresa ilegal” durante la etapa electoral del año de 2011, cuyo propósito principal consistía en impedir que L.P.G. llegara a ser alcalde de esa ciudad y, simultáneamente, asegurarse que fuere A.G.C., “quien resultase victorioso, propósito ilícito que finamente consiguió”.

    En consecuencia, se declaró la elección de A.G. CORREA como Alcalde de Medellín para el periodo comprendido entre el 1° de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2015, tal como consta en el formulario E-26 expedido por la Comisión Escrutadora Municipal de Medellín fechada 5 de noviembre de de 2011, designada por el Consejo Nacional Electoral.

  3. Por considerar que en el proceso de elección del Alcalde de Medellín se cometieron irregularidades que afectan las garantías constitucionales al debido proceso, igualdad, confianza legítima y a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político, A. CORREA SEVILLANO y otras personas más, acudieron al Juez de tutela para que previo el agotamiento del procedimiento establecido en el Decreto 2591 de 1991 les protegiera las mismas.

    Motivo por el cual solicitaron se ordenara la realización de nuevos comicios electorales, para lo cual se debía ordenarle al Gobernador de Antioquia, o a quien hiciera sus veces

    “convoque mediante decreto a nuevas elecciones para elegir Alcalde de Medellín…Así mismo se señalará el deber de encargar un alcalde transitorio que garantice la legalidad y transparencia del proceso electoral, al igual que su imparcialidad y la del grupo de gobierno municipal”.

    TRÁMITE DE LA ACCIÓN:

  4. Una Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Medellín admitió la demanda de tutela y ordenó comunicar a las entidades accionadas y vinculó a los terceros que pudieran verse afectados con la solicitud de amparo elevada por A. CORREA SEVILLANO y otros.

  5. A.G. CORREA solicitó se declarara improcedente la...

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