Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 29 de Agosto de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 460929834

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 29 de Agosto de 2013

Número de expediente17001221300020130015601
Fecha29 Agosto 2013
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Magistrado Ponente

ARIEL SALAZAR RAMÍREZ

Bogotá D.C., veintinueve de agosto de dos mil trece

Discutido y aprobado en sesión de veintiocho de agosto de dos mil trece

R.. exp.: 17001-22-13-000-2013-00156-01

Decide la Corte la impugnación formulada contra el fallo proferido el nueve de julio de dos mil trece, en la acción de tutela promovida por R.H.O. como agente oficiosa de S.H.H. en contra del Batallón San Mateo-Pereira, el Distrito Militar No. 31, la Octava Zona de Reclutamiento y Control de de Reservas del Ejército Nacional, a la cual fueron vinculados la Octava Brigada del Ejército Nacional y el Batallón de Instrucción y Reentrenamiento No. 8 “Capitán J.V.O.M.”.

ANTECEDENTES
  1. La pretensión

    En el libelo introductorio de la presente acción, la tutelante solicitó el amparo de los derechos fundamentales a la libertad, educación, debido proceso, integridad personal, libre desarrollo de la personalidad, dignidad humana y salud de su hijo S.H.H., que considera vulnerados por los accionados, porque fue reclutado para que prestara el servicio militar, a pesar de que estaba cursando una tecnología en sistemas y de que se le diagnosticó “hipertensión arterial, dolor precordial, calambres y sudoración”, y a causa de que no se le ha otorgado respuesta a la petición que presentó el 4 de junio último, a través de la cual puso en conocimiento de las accionadas, la situación descrita.

    En consecuencia, pretende que su hijo sea desincorporado de las filas del Batallón de Artillería No. 8, S.M. o del Escuadrón en el que se encuentre, y se le traslade a su domicilio sin costo alguno; también solicita, que se adelanten todas las actuaciones administrativas, con el fin de que se le defina su situación militar. [Folio 11, c. 1]

  2. Los hechos

    1. El agenciado fue reclutado el 1º de junio de 2013, para cumplir con el servicio militar obligatorio, y según se indicó por la tutelante, al momento de la interposición del amparo se encontraba adscrito al Batallón de Artillería No. 8, S.M.. [Folio 10 envés, c. 1]

    2. Según relata la actora, su hijo estaba citado para el 13 de junio de 2013 en el Distrito Militar No. 31, para adelantar el trámite correspondiente, con el propósito de establecer su situación militar. [Folio 9, c. 1]

    3. Mediante escrito fechado el 5 de junio último, la accionante, con la intervención de la Personería de Manizales, puso en conocimiento del Comandante...

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