Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 12 de Septiembre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 467404018

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 12 de Septiembre de 2013

Número de expediente69215
Fecha12 Septiembre 2013
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA SEGUNDA DE DECISIÓN DE TUTELAS

Magistrado ponente

J.L.B.C.

Aprobado acta N° 304

Bogotá, D.C., doce (12) de septiembre de dos mil trece (2013).V I S T O S

Decide la Corte las impugnaciones propuestas por los doctores M.I.Z. apoderada del Municipio de Armenia y J.C.L.C. en su calidad de G. General del Consorcio Colombia Mayor 2013, contra el fallo de tutela emitido por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia el 20 de agosto del presente año, mediante el cual tuteló los derechos fundamentales invocados por el ciudadano JUAN DE J.H.G..

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA DEMANDA

El ciudadano J.D.J.H.G., promueve demanda en procura de amparo para los derechos fundamentales de igualdad, vida en condiciones dignas y mínimo vital que considera vulnerados por la Registraduría Nacional del Estado Civil, la Secretaría de Desarrollo Social de Armenia, el Consorcio Colombia Mayor 2013 y el Ministerio de Trabajo.Como sustento de la demanda aduce el actor, que resultó beneficiado con un auxilio para personas de la tercera edad, el cual venía cobrando con la contraseña expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, no obstante en el último cobro, la Secretaría de Desarrollo Social de Armenia le informó, que las próximas ayudas económicas no le serían entregadas, sino presentaba la cédula de ciudadanía.Refiere que en las oficinas de la Registraduría Nacional del Estado Civil no le dan razón sobre la fecha de entrega del documento y mientras tanto afirma, que si acumula dos cobros consecutivos del subsidio, lo puede perder, circunstancia que le afectaría el mínimo vital, pues su situación económica es muy mala, debido a su edad porque ya no consigue trabajo, no posee ningún otro ingreso, vive en la calle, no tiene familia y aguanta hambre.

Aduce que tiene conocimiento que hay dos formas de pagar el subsidio de la tercera edad, una es la ayuda económica y, la otra es el ingreso a un ancianato, por lo que refiere que, teniendo en cuenta su situación tan precaria y la imposibilidad de recibir la ayuda en efectivo, opta porque lo envíen para un hogar de adultos mayores.

Solicita en consecuencia, se ordene a las accionadas le autoricen inmediatamente el pago del auxilio de la tercera edad con la contraseña expedida por la Registraduría o el envío a un ancianato, teniendo en cuenta su precaria situación económica.

FALLO IMPUGNADO

La Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Armenia, con fundamento en las decisiones emitidas por la Corte Constitucional resolvió conceder el amparo constitucional, al advertir que era desproporcionado supeditar la entrega de la ayuda humanitaria a la exhibición de la cédula de ciudadanía del actor, cuando la misma no ha sido entregada por encontrarse dentro del término razonable para su expedición, por manera que exigírsele dicho documento desconocía los derechos del actor, ya...

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