Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 3 de Septiembre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 467405522

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 3 de Septiembre de 2013

Número de expediente67976
Fecha03 Septiembre 2013
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS

Magistrado Ponente:

J.L.B.M.

Aprobado Acta No. 289

Bogotá D.C., tres (3) de septiembre de dos mil trece (2013).

ASUNTO

Procede la Sala a pronunciarse acerca de la impugnación presentada por el accionante J.G.G. contra la sentencia de 17 de junio de 2013, proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, mediante la cual declaró improcedente la acción de tutela interpuesta contra el Juzgado Sexto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esa ciudad, Instituto Nacional Penitenciario y C. –INPEC– y Director de la Cárcel de Bellavista (Antioquia), por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales a la libertad y al trabajo, entre otros.

ANTECEDENTES

Y

FUNDAMENTOS DE LA DEMANDA

Fueron resumidos por el Tribunal de la manera como sigue:

“Afirma el señor GÓMEZ que fue condenado hace aproximadamente 6 meses y en la actualidad la pena impuesta es vigilada por el Juzgado Sexto de Ejecución de Penas de Medellín.

Afirma que solicitó a la Dirección del penal donde está recluido la asignación de una actividad de trabajo o estudio para efectos de redención de pena, pero lo único que le respondieron es que debido al hacinamiento, apenas están ubicando los internos que ingresaron en el año 2011, respuesta con la cual no está de acuerdo, pues esa situación no es excusa.

Por lo anterior, solicita tutelar los derechos invocados y, en consecuencia, ordenar a las autoridades accionadas que le asignen de inmediato una actividad para poder comenzar a redimir la pena impuesta”.

TRÁMITE EN PRIMERA INSTANCIA

Admitida la demanda por el Tribunal Superior de Medellín, dispuso correr traslado para que las autoridades accionadas ejercieran el derecho de contradicción y aportaran las pruebas que estimaran pertinentes.

El representante legal del Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y C. de Medellín indicó que: (i) el Coordinador del Área de Reinserción Social, mediante oficio No. 0635 de 5 de junio de 2013, le informó al interesado que el plan ocupacional es de 3514 internos, teniendo en la actualidad 5502 reclusos, sin contar las 1481 personas sindicadas, (ii) el accionante ingresó el 23 de noviembre de 2012 y, (iii) en la actualidad se están asignando actividades a internos que ingresaron en el segundo trimestre del año 2011. Por lo tanto, la petición de su interés será presentada ante la Junta de Evaluación, Trabajo, Estudio y Enseñanza –JEETE– en aproximadamente 16 meses para la asignación de la actividad ocupacional.

Finalmente, solicitó declarar improcedente la acción constitucional al no haber lesionado derecho fundamental alguno del actor.

El Juzgado Sexto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Medellín guardó silencio.LA PROVIDENCIA IMPUGNADA

Fue proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín el 17 de junio de 2013, mediante la cual declaró improcedente la acción de tutela invocada por J.G.G. y requirió al director del Centro Carcelario de Bellavista “para que en la medida de sus posibilidades, gestione el ingreso del accionante a una actividad que le permita redimir la pena que purga en la actualidad, eso sí, respetando el turno de los demás internos que están a la espera de la asignación de una actividad”[1].

En sustento, tras efectuar una ilustración jurisprudencial acerca de los derechos fundamentales predicables de los internos y de la finalidad del tratamiento penitenciario, consideró que “si bien le asiste al actor el derecho a redimir pena, lo cierto es que el acceso a programas educativos y laborales dentro del penal, debe enmarcarse dentro de un marco de posibilidades, toda vez que no siempre hay las condiciones suficientes -por ejemplo, logísticas-...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR