Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 22 de Octubre de 2013
Fecha | 22 Octubre 2013 |
Número de expediente | 70111 |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
-SALA DE DECISIÓN EN TUTELA-
Magistrado Ponente
L.G.S.O.
Aprobado Acta No. 357
Bogotá, D.C., veintidós (22) de octubre de dos mil trece (2013)
ASUNTO
Se pronuncia la Sala sobre la admisión de la demanda de tutela presentada por E.A.C., quien manifiesta actuar como apoderado de Ó.I.R.R., contra el Juzgado Octavo Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento, la Sala Penal del Tribunal Superior y la Fiscalía 121 Seccional, todos de la ciudad de Bogotá, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso e igualdad.
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Se afirma en la demanda que el 16 de enero del año en curso se llevaron a cabo las audiencias concentradas de legalización de captura, imputación y medida de aseguramiento ante el Juzgado 23 Penal Municipal con funciones de control de garantías, contra Ó.I.R.R., A.R.C. y Y.F.G.P., a quienes se les endilgó el delito de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego.
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En desarrollo de la vista de formulación de imputación, el implicado R.R. se allanó al delito mencionado, con la agravante prevista en el numeral 5º del artículo 365 del Código Penal, relativa a la coparticipación criminal, motivo por el cual se produjo ruptura de la unidad procesal y se continuó por separado la investigación respecto de los otros dos imputados.
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El 22 de enero la Fiscalía presentó escrito de acusación en contra de R.R. acorde con los términos del allanamiento, correspondiendo la actuación al Juzgado Octavo Penal del Circuito. En la audiencia de verificación del mismo, en calidad de defensor del accionante solicitó que no sólo se examinara la aceptación de cargos sino que además se profundizara en relación con los principios de estricta tipicidad y legalidad.
Lo anterior en razón a que la Fiscalía 271 Seccional el 22 de marzo hogaño presentó escrito de acusación “por el porte simple” en contra de los compañeros de causa de R.R., por tal motivo deprecó la verificación y legalidad del allanamiento por el delito imputado sin la causal de agravación en atención al principio fundamental a la igualdad, al no existir los elementos materiales probatorios para deducirla.
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El Juzgado no aceptó su pretensión y por tal razón interpuso recurso de apelación, el cual fue resuelto en providencia del 25 de septiembre último por el Tribunal Superior, confirmándola.
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Destaca ahora que cumplido el...
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