Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 10 de Octubre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478651686

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 10 de Octubre de 2013

Fecha10 Octubre 2013
Número de expediente86001220800020130028201
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Magistrado Ponente:

JESÚS VALL DE RUTÉN RUIZ

Bogotá, D.C., diez (10) de octubre de dos mil trece (2013)

Discutido y aprobado en sesión de nueve (9) de octubre de dos mil trece (2013)

Ref.: 86001-22-08-000-2013-00282-01

Se decide la impugnación formulada frente al fallo proferido el 13 de agosto de 2013 por la Sala Única del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Mocoa, dentro de la acción de tutela promovida por M.E.C.N. en representación de [xxx] contra el Juzgado Promiscuo de Familia de esa misma ciudad, a cuyo trámite fueron vinculados Á.A.B.O. y el Ministerio Público.

ANTECEDENTES
  1. La actora reclama la protección de las prerrogativas fundamentales, presuntamente vulnerados por la autoridad judicial accionada, dentro del proceso de disminución de cuota alimentaria que instauró Á.A.B.O. respecto del menor [xxx].

    En consecuencia, solicita que se ordene “revocar [la] sentencia de única instancia (…) proferid[a] el dieciocho (18) de mayo de dos mil trece (…)” y se mantenga “incólume lo decidido en el proceso 2010-007-00 de conocimiento del mismo juzgado (…)” (fl. 2, cdno. 1).

  2. La accionante, sustenta la queja constitucional en síntesis en que:

    2.1. Ángel A.B.O. promovió el aludido juicio de disminución de cuota alimentaria respecto del menor [xxx], cuyo conocimiento correspondió al Juzgado Promiscuo de Familia de Mocoa.

    2.2. Se dirigió al aludido despacho para expresar su inconformidad con la pretensión del demandante, sin embargo, el Juez realizó “manifestaciones parcializadas a favorecer los intereses del alimentante en detrimento de los derechos fundamentales de [su] hijo (…)”, ya que indicó que conocía al señor B.O. “por tratarse de una persona que trabaja en la rama, en Medicina Legal y por eso lo voy a ayudar a que se le rebaje la cuota alimentaria” (fl. 1, cdno. 1).

    2.3. Mediante sentencia de 18 de mayo de 2013, el estrado de familia accionado accedió parcialmente a la pretensión de excluir de la cuota alimentaria algunos conceptos y pagos que el empleador efectúa, concretamente, la prima de vacaciones, productividad, bonificaciones por servicios, cesantías y sus intereses, decisión que constituye una vía de hecho y es producto de una “actitud arbitraria y caprichosa”, pues solo después de dos años de haberse fijado la aludida cuota, se decreta su disminución, sin tener en cuenta que las condiciones económicas del alimentante no se han alterado (fl. 2, cdno. 1).

    2.4. Dentro del proceso el demandante aportó una certificación de una cooperativa en la que no se indica “la fecha de realización de los créditos, elementos necesarios para determinar la alteración de las condiciones económicas del alimentante”, y aunque se admitieran dichos préstamos, esos dineros no beneficiaron a su menor hijo; a pesar de que el señor B.O. afirma que le “dejó todos los bienes materiales (incluida supuestamente la casa de habitación)”, no allegó prueba que lo demuestre ni acreditó la manifestación de que vive en arriendo; no existen situaciones nuevas que permitan la variación de la cuota alimentaria “puesto que lo atinente a la vivienda, el hecho del nacimiento de un nuevo hijo y la constitución de un nuevo hogar ya fueron debatidos y tomados como fundamento para que se rebajase el porcentaje de la cuota alimentaria (…)”; y el juzgador utilizó como fundamento una norma derogada –artículo 133 del Decreto 2737 de 1989- (fls. 3 y 4, cdno. 1).

    2.5. Es madre cabeza de familia; ostenta un cargo de...

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