Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 21 de Agosto de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478654802

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 21 de Agosto de 2013

Fecha21 Agosto 2013
Número de expediente44535
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

R.E. BUENO

Magistrado Ponente

STL2827-2013

Radicación No. 44535

Acta No. 26

Bogotá D.C., veintiuno (21) de agosto de dos mil trece (2013)

Resuelve la Corte la impugnación que interpuso la parte accionante contra el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, el 31 de mayo de 2013, dentro de la acción de tutela que promovió J.A.P.S. contra la UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANADA.

ANTECEDENTES

J.A.P.S. promovió acción de tutela contra la Universidad Militar Nueva Granada por cuanto consideró vulnerados sus derechos fundamentales a la igualdad, a la educación y al debido proceso.

Señaló que en cumplimiento de operaciones militares fue herido en combate, que quedó en estado de discapacidad física y con necesidad permanente de apoyo de terceras personas para las actividades básicas diarias; que en la actualidad es estudiante de octavo semestre de la Facultad de Derecho de la Universidad Militar Nueva Granada, y cursó el Consultorio Jurídico Práctico; que mediante Circular No. 001 de 2013, el Director de Consultorio Jurídico estableció los requisitos para aprobar dicha asignatura y obtener como mínimo una nota de tres (3.0); que cumplió dichos requisitos, pues presentó catorce consultas, cinco procesos, dos peritajes, una liquidación laboral, dos derechos de petición, tres informes de jurisprudencia y los informes periódicos. Que pese a lo anterior, el Comité Docente de Calificación lo calificó con una nota de dos (2.0), puesto que tres procesos de los iniciados ante los Jueces Civiles Municipales no contaron con el aval del docente del área, y otro proceso no fue tomado en cuenta, porque la gestión del estudiante fue de sólo impulso.

Manifestó, que por falta de ventanillas o turnos de trato preferencial para discapacitados, se le hizo imposible realizar las largas filas de estudiantes a fin de obtener el aval exigido para el Consultorio Jurídico; que la calificación insatisfactoria al ser de carácter colegiada, no admitió recurso alguno.

Con fundamento en los hechos expuestos, solicitó la protección de sus derechos fundamentales, a un trato en igualdad de condiciones y a la educación, y en consecuencia se ordene a la Universidad Militar Nueva Granada que revise su calificación de consultorio jurídico práctico, y cree políticas y mecanismos que hagan más incluyente y accesible el consultorio jurídico...

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