Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 21 de Agosto de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478654934

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 21 de Agosto de 2013

Número de expediente33368
Fecha21 Agosto 2013
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

E.D.P. CUELLO CALDERÓN

Magistrada PonenteSTL 2716-2013

Radicación n° 33368

Acta No. 26

Bogotá, D.C., veintiuno (21) de agosto de dos mil trece (2013)

Resuelve la Corte la acción de tutela interpuesta D.V. contra la SALA DE CASACIÓN CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

ANTECEDENTES

El accionante pidió el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia. Relató que el 26 de julio de 2013, “ME NOTIFICARON UN TELEGRAMA ENVIADO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL” con el que se le informó que la queja constitucional que promovió contra la Sala de Casación Penal de la misma Corporación no se abrió a trámite y, en consecuencia, se dispuso la devolución de sus anexos.

Argumentó que los renglones 15, 16 y 17 del referido telegrama “ESTÁN REPISADOS”, y por ello le es imposible leerlos, “ASÍ QUEDO MAL INFORMADO DE LA NOTIFICACIÓN”.

Por lo anterior solicitó que se le notifique el auto por medio del cual no se dio trámite a la acción constitucional que adelantó contra la Sala de Casación Penal, y se le devuelvan los documentos que aportó.

Por auto del 9 de agosto de 2013, esta S. asumió el conocimiento, ordenó notificar al Corporación accionada, y vincular a los intervinientes en la acción de tutela para que ejercieran sus derechos de defensa y contradicción. Asimismo, ordenó oficiar para que se remitiera el expediente y se allegaran los documentos relacionados con la petición de amparo.

Los interesados guardaron silencio.SE CONSIDERA

En el presente caso, esta Sala de la Corte no advierte configurada la vulneración a los derechos de rango superior que se invocan, en principio porque, contrario a lo argüido, la comunicación que la Corporación accionada envió al actor con el propósito de notificarle la providencia de 10 de julio de 2013, con la que se abstuvo de darle trámite a la acción de tutela que instauró contra la Sala de Casación Penal, es claro y allí no sólo se da a conocer el contenido de la parte resolutiva de la decisión, sino que además se transcribe el aparte pertinente sobre la cual se funda la misma, con lo que se cumple a cabalidad el deber legal contenido en el...

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