Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 15 de Agosto de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478656166

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 15 de Agosto de 2013

Número de expediente68712
Fecha15 Agosto 2013
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2

Magistrada Ponente:

M.D.R.G.M.

Aprobado Acta N° 264

Bogotá D.C., quince (15) de agosto de dos mil trece (2013).

OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO

Decidir la impugnación presentada por J.L.B.M. contra el fallo de tutela proferido el 31 de julio último por el Tribunal Superior de Bogotá, que negó el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso y libertad, presuntamente vulnerados por el Juzgado 9° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Descongestión de la misma ciudad.

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

El actor afirma que fue condenado a la pena principal de 64 meses de prisión por la comisión de “un delito sexual”, conforme a los lineamientos de la Ley 600 de 2000 por hechos ocurridos el 10 de septiembre de 2005.

Seguidamente, refiere que la vigilancia de la sanción impuesta se encuentra a cargo del Juzgado 9° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Descongestión de Bogotá; de igual forma, agrega que en el mes de agosto de 2012 solicitó la libertad condicional por considerar cumplidos los requisitos para tal efecto. No obstante, la pretensión fue decidida sólo hasta el 2 de abril de 2013, de manera adversa y en cumplimiento de un fallo de tutela.

Expone que la negativa de conceder la libertad condicional obedeció a que se tuvo en cuenta el contenido de la Ley 890 de 2004, lo cual censura al advertir que el proceso penal por el cual resultó condenado no estuvo sujeto a las previsiones contenidas en dicha normatividad.

Por tal motivo, informa que el 29 de abril pasado promovió acción de tutela, porque además de los errores cometidos en la motivación de la mencionada decisión le fue cercenada la posibilidad de interponer recursos; oportunidad en la cual el Tribunal Superior de Bogotá, mediante fallo del 30 de mayo de 2013 si bien manifestó que el auto interlocutorio mediante el cual se emitió pronunciamiento sobre la libertad condicional solicitada estuvo debidamente motivado, afirmó la afectación del derecho fundamental al debido proceso por cuanto se impidió recurrir el proveído. En dicho sentido, concedió el amparo solicitado y ordenó al Juzgado accionado indicar los recursos procedentes contra tal pronunciamiento.

Sin embargo, transcurrido más de un mes, la decisión no ha sido acatada, motivo por el cual acude de nuevo a la tutela para el restablecimiento de las garantías que estima conculcadas.

TRÁMITE DE LA PRIMERA INSTANCIA

  1. Por auto del 22 de julio último el Juez Colegiado de instancia admitió la demanda, ordenó notificar a la entidad accionada y vincular al Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, para la debida integración del contradictorio.

  2. El Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá indicó, con aporte de la información reportada en el link de procesos de la Rama Judicial...

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