Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 26 de Junio de 2013
Fecha | 26 Junio 2013 |
Número de expediente | 43613 |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
R.E. BUENO
Magistrado Ponente
STL2126-2013
Radicación No. 43613
Acta No. 18
Bogotá D.C., veintiséis (26) de junio de dos mil trece (2013)
Resuelve la Corte la impugnación que interpuso la parte accionante contra el fallo proferido por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, el 6 de mayo de 2013, dentro de la acción de tutela que H.E.P. de S. promovió contra la Sala Única de Decisión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Yopal y otros.
Del escrito de tutela así como de la documental que obra en el plenario se tiene que la señora H.E.P. de S. promovió proceso abreviado de restitución de bien inmueble arrendado contra H.R.D. y F.R.S.; que el conocimiento del asunto correspondió al Juzgado Primero Civil Municipal Adjunto de Yopal; que surtido el respectivo trámite y sin que se hubiera probado la purga de la mora en la que incurrieron los demandados en el pago de tres (3) cánones de arrendamiento, dictó sentencia por medio de la cual declaró legalmente terminado, por incumplimiento, el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes el 2 de septiembre de 2003; que la parte demandada no interpuso ningún recurso contra dicha decisión por lo que cobró ejecutoria; que, a continuación del proceso abreviado, promovió el correspondiente ejecutivo; que los demandados, haciendo uso de la acción de tutela, obtuvieron fallo del Juzgado Segundo Civil del Circuito de Yopal, que ordenaba al juez de conocimiento del proceso proferir nueva sentencia, fallo que, a la postre, fue confirmado por la Sala Única de Decisión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Yopal; que en acatamiento a lo dispuesto en sede de tutela, el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Yopal profirió sentencia contraria a derecho; que con lo sucedido no hubo seguridad jurídica.
Con fundamento en lo expuesto en precedencia solicitó al juez de tutela amparar sus derechos fundamentales a la igualdad y al debido proceso, quebrantados al haberse dejado sin efecto una sentencia que había cobrado ejecutoria, “avalada” por el Tribunal accionado.
En consecuencia pide que se anulen los fallos de tutela que fueron proferidos dentro de dicho trámite y que se ordene a un juzgado distinto al que fungió como de conocimiento, proferir fallo dentro del proceso abreviado de restitución de bien inmueble arrendado.
La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema...
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