Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 3 de Julio de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478661114

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 3 de Julio de 2013

Número de expediente32888
Fecha03 Julio 2013
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

R.E. BUENO

Magistrado Ponente

STL2260-2013

Radicación No. 32888

Acta No. 19

Bogotá D.C., tres (3) de julio de dos mil trece (2013)Resuelve la Corte la acción de tutela instaurada por R.E.V. contra la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de San Gil.

ANTECEDENTES

El señor R.E.V., quien manifestó obrar en su propio nombre y en el de sus dos hijos menores de edad, instauró acción de tutela contra la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de San Gil a la que endilgó la vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, mínimo vital y acceso a la administración de justicia, al proferir sentencia de segunda instancia dentro del proceso ordinario laboral que adelantó contra la Incubadora del Oriente (hoy Pimpollo S.A.S).

Señaló que el Juzgado Único Laboral del Circuito de S.G. profirió sentencia de primer grado en el mencionado proceso, encontrando a la demandada responsable, por culpa patronal, del accidente sufrido el 30 de noviembre de 2007 que le ocasionó la incapacidad que hoy debe afrontar; que en virtud del recurso de alzada interpuesto contra dicha decisión, la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de San Gil, incurriendo en vía de hecho por defecto fáctico, “confirmó el numeral tercero y revocó los restantes numerales de la sentencia impugnada”; que “con los documentos y abundante prueba testimonial que obran como medio de prueba en el expediente”, estaba demostraban la culpa patronal de la demandada, la que, a pesar de conocer su estado de salud, lo expuso de manera injustificada a trabajos que excedían su capacidad laboral y le ocasionó la incapacidad permanente que hoy pesa sobre sus hombros; que la sentencia de segunda instancia se encuentra ejecutoriada en razón a la falta de recursos económicos “para poder llevar el caso en casación”.

Con fundamento en lo anterior solicitó al juez de tutela dejar sin efectos la sentencia que fuera proferida por la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de San Gil, el 20 de septiembre de 2012, en el interior del proceso ordinario laboral que adelantó contra la Incubadora del Oriente (hoy Pimpollo S.A.S) y “declarar responsable patronalmente a la empresa” por el accidente sufrido el 30 de noviembre de 2007.

Admitida la demanda, se corrió el término de traslado...

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