Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 3 de Julio de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478661170

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 3 de Julio de 2013

Número de expediente43733
Fecha03 Julio 2013
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORALJ.M.B.R.

MAGISTRADO PONENTE

STL2279-2013

Tutela No. 43733

Acta No. 19

Bogotá D.C., tres (3) de julio de dos mil trece (2013) Decide la Corte sobre la impugnación interpuesta por PELÁEZ & CÍA. LTDA., contra la providencia proferida por la SALA DE CASACIÓN CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA el 21 de marzo de 2013, dentro de la acción de tutela promovida por la recurrente contra la SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CALI.ANTECEDENTES

  1. La sociedad accionante instauró la presente queja constitucional y a través de ella solicita la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, a la defensa, al acceso a la administración de justicia y a la “libertad contractual”, los cuales considera vulnerados por la autoridad judicial cuestionada, dentro del proceso ordinaria de mayor cuantía de responsabilidad civil contractual que promoviera en su contra el Grupo El Topacio S. en C..

    Como sustento de sus pretensiones señaló que el señor J.S.S. en nombre y representación del Grupo El Topacio S. en C., realizó un contrato de compraventa el 9 de febrero de 2000 con P.A. y Cía. Ltda por valor de $35’000.000., en el que el objeto del negocio jurídico era un vehículo marca Toyota, modelo 1994 realizándose el traspaso y el registró en la Secretaría de Tránsito de Cali.

    Que el 23 de enero de 2001, el citado vehículo fue incautado por la Policía Metropolitana de Cali como quiera que se encontraba reportado por hurto, el que fuera realizado en Venezuela, razón por la que fue puesto a disposición de la Administración Local de Aduanas; sin embargo el 8 de junio de igual año, por medio de la Resolución No. 0639 la DIAN ordenó el decomiso del automóvil a favor de la Nación, al no poseer declaración de importación que probara su legal permanencia en el territorio Colombiano.

    Conforme lo anterior, el Grupo El Topacio S. en C., promovió proceso ordinario civil de responsabilidad civil contractual contra la empresa P.A. y Cía. Ltda., con el fin de obtener la condena relacionada con el saneamiento por evicción y pago de las sumas pedidas, con fundamento en haber sido despojada de la posesión y propiedad del vehículo objeto de venta entre las partes.

    El conocimiento del asunto le correspondió al Juzgado Once Civil del Circuito de Cali, quien en virtud de la sentencia de fecha 18 de diciembre de 2009 negó las pretensiones de la demanda con fundamento en la improcedencia de la acción de saneamiento ya que en su sentir la incautación y decomiso del automotor no fue el resultado de una decisión judicial.

    Que inconforme con la anterior decisión, la parte demandante interpuso recurso de apelación, el cual fue resuelto por el Tribunal accionado quien mediante la sentencia d el 16 de mayo de 2012 revocó la decisión del a quo y en su lugar condenó a Leasing de Occidente S.A. Compañía de Financiamiento Comercial, al pago de las indemnizaciones reclamadas y solidariamente a P.M. y Cía. Ltda..

    Contra la anterior...

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