Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 30 de Abril de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478666026

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 30 de Abril de 2013

Número de expediente32238
Fecha30 Abril 2013
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE

Magistrado PonenteRadicación n° 32238

Acta No. 13

Bogotá, D.C., treinta (30) de abril de dos mil trece (2013).

Procede la Corte a resolver la primera instancia en la acción de tutela instaurada por Á.E.M.R., contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN, extensiva al JUZGADO SEGUNDO DE DESCONGESTIÓN LABORAL DEL CIRCUITO de la misma ciudad.

ANTECEDENTES

Del escrito de tutela y la documental arrimada con el mismo, se tiene que el accionante el 10 de octubre de 2008, obtuvo sentencia de segunda instancia favorable a sus pretensiones, en el proceso ordinario laboral que inició contra la Enka de Colombia, en la cual se condenó a la demandada a “reintegrar al señor Á.E.M.R. (…) al mismo cargo y en las mismas condiciones de empleo que tenía para la fecha que fue despedido, o sea el 10 de marzo de 2004 (…) a pagar los salarios y prestaciones, legales y extralegales, causadas entre la fecha de despido y la de reintegro efectivo; así como reconocer ante la respectiva administradora de pensiones a la que venía afiliado, con sus rendimientos, los aportes correspondientes durante el cese”; decisión contra la que se presentó recurso extraordinario de casación, sin que esta Corporación casara la sentencia de segundo grado.

El actor, teniendo como título de recaudo la sentencia condenatoria de segunda instancia, instauró proceso ejecutivo laboral, en el que solicitó se librara mandamiento de pago con obligación de hacer y de dar consistente en: “hacer la liquidación de los salarios y prestaciones sociales, legales y extralegales desde el 4 de marzo de 2004 hasta la fecha del reintegro, en las mismas condiciones de empleo que tenía al ser despedido (…) En obligación de hacer, restablecer en el ISS las mismas condiciones de empleo que tenía el demandante al momento de ser despedido, pagando los aportes en seguridad social en pensión (…) que se ordene a Enka la programación y dar las vacaciones en las mismas condiciones desde que fue despedido (…) Como consecuencia de lo anterior, se condene a pagar los perjuicios moratorios en la suma de $536.000 mensuales desde el 10 de marzo de 2004 hasta que cumpla con la obligación de hacer y se pague lo debido”.

Adujo que el Juzgado Segundo Laboral de Descongestión del Circuito de Medellín, mediante providencia del 21 de marzo de 2012, denegó la orden de...

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