Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº AP594-2014 de 12 de Febrero de 2014
Fecha | 12 Febrero 2014 |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
EYDER PATIÑO CABRERA
Magistrado Ponente
Radicación N° 41333
(Aprobado Acta N°. 40)
Bogotá D.C., doce (12) de febrero de dos mil catorce (2014).
La S. resuelve la solicitud de pruebas invocada por la defensa de W.A.G.R., dentro del trámite de extradición que, a solicitud del Gobierno de Estados Unidos, se le adelanta.
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Mediante Nota Verbal número 1423 del 26 de junio de 2012[1], la Embajada de los Estados Unidos de América solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano W.A.G.R., la cual se formalizó con la 0764 del 3 de mayo de 2013[2].
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Previo concepto de su homólogo de Relaciones Exteriores, sobre la inexistencia de convenio aplicable al caso, el Ministerio de Justicia y del Derecho, remitió a la Corte la documentación enviada por la embajada, debidamente traducida y autenticada[3].
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Mediante resolución del 25 de julio de 2012[4], la Fiscalía General de la Nación ordenó la captura con fines de extradición del ciudadano W.A.G.R., la que se hizo efectiva a las 15:40 horas del 7 de marzo de 2013 en la Carrera 58 con Calle 137 —vía pública— de la ciudad de Bogotá, por agentes de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional[5].
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El 16 de mayo de 2013, la S. de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia informó a W.A.G.R., su derecho a nombrar un defensor para que lo asistiera en éste trámite[6], en atención a ello, el 17 del mismo mes otorgó poder a su abogado de confianza[7].
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Mediante auto del 20 del mismo mes y año, aclarado el 27[8], se dispuso correr traslado a los intervinientes por el término de 10 días[9], para que solicitaran las pruebas que consideraran necesarias
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Dentro del término indicado la defensa invocó:[10]
“Se requiera al Director de la Policía Nacional o a quien corresponda, se sirvan entregar copia de las grabaciones de la vigilancia física en las que supuestamente está involucrado mi representado, pues obsérvese que a F. 101 del Cuaderno Original, en el numeral 20 se lee: “Los Estados Unidos comprobará su caso contra G.R. a través de muchos tipos de pruebas, incluida la vigilancia física, el testimonio de fuentes confidenciales que tuvieron interacciones personales con G.R. y el testimonio de orden público.”
La incorporación de dicho elemento de prueba lo considera pertinente y conducente, en razón a que la...
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