Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 41117 de 3 de Julio de 2013
Sentido del fallo | INADMITE |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Pasto |
Número de expediente | 41117 |
Fecha | 03 Julio 2013 |
Tipo de proceso | REVISIÓN |
Emisor | Sala de Casación Penal |
R
República de Colombia
evisión N° 41117
Hernán Hermosa
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrado Ponente:
FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO
Aprobado Acta N° 208
Bogotá, D.C., julio tres (3) de dos mil trece (2013).
VISTOS:
Se pronuncia la Sala sobre la admisibilidad de la demanda de revisión presentada a través de apoderado por H.H., contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, el 11 de agosto de 2009, mediante la cual fue declarado responsable de la comisión de los delitos de homicidio y porte ilegal de armas, y condenado a pena de prisión de 25 años y seis meses, y a las accesorias del caso.
1. Los hechos. Los que son materia de investigación ocurren en la vereda Pueblo Nuevo del municipio El Rosario del departamento de Nariño. Aproximadamente a las once de la noche del día 29 de diciembre de 2002, cuando ya se retiraba a su residencia, luego de estar celebrando las festividades locales, el señor JORGE ELIÉCER PANTOJA, quien dado su estado de embriaguez se apoyaba en los hombros de otras dos personas, fue el blanco de los disparos con arma de fuego que por la espalda le propinó quien fue identificado como H.H., causándole la muerte.
2. La actuación procesal. El 27 de febrero de 2003 (f. 13), se abrió investigación previa. El 8 de abril de la misma anualidad, se dispuso vincular mediante diligencia de indagatoria a H. HERMOSA (F. 33). Habiendo sido declarado persona ausente, le fue resuelta la situación jurídica imponiéndole medida de aseguramiento de detención preventiva, mediante auto del 4 de diciembre de 2003 (f. 67).
Cerrada la investigación, se produce la calificación el 8 de febrero de 2005, en la cual, la Fiscalía decide proferir resolución de acusación en contra de H. HERMOSA.
Conoció del juicio el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Pasto, despacho que luego de agotar las etapas correspondientes a la causa, profiere sentencia de carácter absolutorio el 17 de abril de 2009.
Impugnada la sentencia por el Procurador, fue revocada el 11 de agosto de 2009, por el Tribunal Superior de Pasto, condenando a H. HERMOSA a pena de prisión de 25 años y 6 meses.
El 27 de mayo de 2012, se produce la captura de H. HERMOSA
LA DEMANDA
1. La demanda invoca las causales tercera y sexta del artículo 192 de la Ley 906 de 2004, esto es, “cuando después de la sentencia condenatoria aparezcan hechos nuevos o surjan pruebas no conocidas al tiempo de los debates, que establezcan la inocencia del condenado o su inimputabilidad.” Y, “cuando se demuestre que el fallo objeto de pedimento de revisión se fundamentó, en todo o en parte, en prueba falsa fundante para sus conclusiones.”
Aduce el demandante que luego de...
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