Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 39235 de 24 de Mayo de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 552587722

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 39235 de 24 de Mayo de 2011

Sentido del falloNO CASA
Tribunal de OrigenTribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá
Fecha24 Mayo 2011
Número de expediente39235
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
República de Colombia

Corte Suprema de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL


MAGISTRADO PONENTE J.M.B.R.


Referencia: Expediente No.39235

Acta No.15



Bogotá D.C., veinticuatro (24) de mayo de dos mil once (2011).


Resuelve la Corte el recurso de casación interpuesto por el apoderado de FRANCISCO WILFRIDO CASTILLO QUIÑÓNEZ contra la sentencia proferida el 23 de octubre de 2008 por la S. Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá en el proceso seguido por el recurrente y R.R.M., ORLANDO HERNÁNDEZ B, L.G.T.M., J.D.C.B., JOSÉ JOAQUÍN ROMERO, R.M.O., D.M., MARÍA DEL CARMEN LÓPEZ, J.E.P., P.J.M., JOSÉ VICENTE RODRÍGUEZ Y LUIS EDUARDO BONILLA. contra B.D.C.S. DE HACIENDA.- FONDO DE PENSIONES PÚBLICAS.-

l-. ANTECEDENTES


Concierne al proceso señalar que el recurrente, junto con los demás demandantes, persigue la condena a la demandada al reconocimiento de la indexación de la primera mesada pensional de que trata la pensión jubilación proporcional o pensión sanción que le fuera reconocida…teniendo en cuenta el IPC causado entre la fecha de retiro…o última cotización efectuada para pensión (o sea el último salario devengado) y la fecha en que cumplieron 60 años de edad para acceder a la prestación reconocida…; como consecuencia de lo anterior condenar a la demandada a liquidar, reconocer y pagar…las diferencias pensionales entre lo pagado y lo que ha debido pagarse por mesadas causadas, con base en lo que resulte de aplicar la indexación de la primera mesada…; Que se ordene que hacia el futuro con posterioridad a la sentencia se continúe pagando la pensión con su valor correcto indexado…; Que se ordene que las sumas de dinero reconocidas por diferencias pensionales causadas y no percibidas, sena canceladas en forma indexada…conforme al IPC causado y certificado.


El recurrente en casación, junto a los demás demandantes, laboró al servicio de la EDIS por un lapso superior a diez años e inferior a veinte, dice al empezar el recuento de los hechos en los que hace descansar sus peticiones (F. 225 a 237); que la señalada empresa fue liquidada a partir del 31 de julio de 1996, la que al día siguiente fue sustituida en todas sus obligaciones y derechos por B.D.C.; que al aludido demandante le fue extinguido el contrato de trabajo el 21 de octubre de 1994, de manera unilateral e injusta, dentro de la vigencia de la Ley 100 de 1993, sin que se encontrara afiliado a la seguridad social; que a partir de abril de 2001 se reconoció pensión de jubilación proporcional, pese a cumplir 50 años de edad el 10 de octubre de 2000; que al momento de presentar la demanda ante la jurisdicción laboral que reconociera la señalada pensión restringida de jubilación, no contaba con la edad requerida para acceder a la pensión; que el valor de la primera mesada pensional correspondió al promedio de lo devengado en el último año de prestación de servicios y en proporción al tiempo laborado, obteniendo una mesada inicial para el cumplimiento de la edad, en cuantía del salario mínimo vigente para la fecha en que se consolidó el derecho; que al tramitar el proceso, a través del cual le fue reconocida la pensión sanción o restringida de jubilación, no solicitó que la primera mesada fuera indexada, razón por la cual el valor reconocido no comporta el índice de precios al consumidor que permitiera proteger la mesada de la depreciación monetaria…; de igual manera no solicitó la indexación del ingreso base de liquidación.


La entidad territorial demandada, en cuanto alude al impugnante, formula excepción previa de cosa juzgada puesto que en el proceso que adelantara ante el Juzgado, además del reconocimiento de la pensión sanción, dentro de sus pretensiones se encontraba la indexación de la misma sin que fuera proferida condena por tal pretensión… (f. 343); de fondo plantea la inexistencia de la obligación; cobro de lo no debido; pago y compensación; prescripción de mesadas pensionales; carencia absoluta al cobro de intereses moratorios consagrados en el artículo 141 de la Ley 100 de 1993; genérica.


El Juzgado del conocimiento pospone, para el momento en que profiera sentencia, su decisión con respecto a la excepción de cosa juzgada la que no encuentra probada en la señalada providencia que condena a la demandada a reajustar la pensión sanción o pensión de jubilación proporcional a quien hoy recurre en casación a partir del día 10 de octubre de 2000… (Fs 919 a 963).


II-. SENTENCIA DEL TRIBUNAL


La decisión colegiada, que al modificar la del a quo, declara probada la excepción de cosa juzgada formulada por la demandada frente a las excepciones del demandante y con la cual resuelve el recurso que aquella impetrase; se encuentra precedida por la consideración según la cual en la sentencia que le reconoció la pensión sanción se trató el tema de la indexación de la primera mesada pensional, absolviéndose en las instancias de esta pretensión, folios 51 y siguientes anexo 09.


III- RECURSO DE CASACIÓN



El disentimiento del indicado demandante con la disposición del juez de la apelación lo...

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