Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº 6406 de 19 de Noviembre de 2001 - Jurisprudencia - VLEX 552611222

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº 6406 de 19 de Noviembre de 2001

Sentido del falloNO CASA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil de Bogotá
Número de expediente6406
Número de sentencia6406
Fecha19 Noviembre 2001
Tipo de procesoRECURSO DE CASACION
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL


Magistrado Ponente:

CARLOS IGNACIO JARAMILLO JARAMILLO



Bogotá D.C., diecinueve (19) de noviembre de dos mil uno (2001)



Ref: Expediente No. 6406


Decide la Corte el recurso extraordinario de casación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, el 10 de julio de 1996, en el proceso ordinario adelantado por C.B.P. y otros contra la CORPORACION EL CARMELO y personas indeterminadas.


ANTECEDENTES


1.- Mediante demanda que por reparto correspondió al Juzgado Segundo Civil del Circuito de Santafé de Bogotá, C.B.P., C.A.D., Evangelina Duarte, C.C.G., Luis Alberto Suárez Pastrana, M.S.G., G.A.C., A.A. de Niño, S.A.S., L.R.M., M.T.L., J.L.O.O., Campo Elías Caballero Sanabria, A.B.Z., José Benedicto González M., H.V.M., Armando Ramos Chaparro, A.R.B. de Plata, Reyes Sánchez Molina, A.M.V., A.P.B., Fidolio Muñoz G., Graciliana R. de Duarte, H.C., J.E.L., M. Aurora Méndez de R., A.C.P.G., José Eugenio Salazar, M.C. de G., Mirllan C. Tobar, M.A.R.S., M.L.R. De La Rota, M.O.P., Nestor José Castaño Aguirre, M.C.P., Pedro Nel Burgos G., M.O.V., F.R., Junta de Acción Comunal, P.A.L.B., L.M.M. de A., Israel Barón Toba, H.B.C., José Virgilio C.s Cubillos, José Arturo Jiménez Zárate, J.J.B.S., L.G. de Tiusaba, J.E.L.V., Dora Inés Benitez, J.J.T., Aristóbulo M. D., N.J.A. de C., José Guillermo Tello, M.C.P.O., M.O.C. de Niño, I.G.G., A. M. R. Serrano, A.B.C. de R., H.A.P.R., M.O.B. de G., J.O.G., Filmo Heliodoro Vargas Díaz, S.R.N., Daniel Arturo N., C.R.R., E.O.C., Rosalbina A. Baracaldo, P.E.S., L.F.B. de G., O.M.C., Mario Enrique G. Infante, A.R. E I.V., Campo Elías Conserva y M. Agueda G. Bernal, M.T.V. y Mercedes de V., Adolfo Flores Molina y D.S., L.H.Q. y T.C. de Quiroga, M.A.L.C. y L.C.N., Miguel Sarmiento y S.A.A., A.F. de P., M.L.Q.N., Joselín Alberto Peña Alfonso, M.S.V.R., Franquelina Higuita R., P.E.J.J., Alicia Díaz de O., S.R.G., Bartolomé Cárdenas, L.S. de R., Augusto Lancheros, R.E.C. de O., G.A.P., M.F. de A., U.V.V., A.I.P. de L., M.I.R., B.L.S.S., B.G.F. de C., B.L.S.D., I.T., V.C.C., Pedro Antonio M., J.S.R.S., Moisés C. Molina, L.E.A.B., D.C.T., M.R. de R., M.C.M. de R., A.B.R., I.V.R., M.N. de R.S., A.S.G. vda. de Castillo, M.A.S. de A., M.M.G., J.T.V.P., A.H.T. y Aurora Aguas de Torres, Santos Eduardo Linares C., J.E.M., José Francisco M. Vanegas, Eudocia Vasto de M., N.M., O.A. de R., E.C.M., M.C. de C., L.E.A., R.G. de A., S.T.N.V. y M.V. de N., L.O.M. y S.E.R.S., G.A.P.C. y L.M.P., A.M.P. y H.M. de M., E.A. y Luis Francisco Suárez G., S.M.G. y Luz Mila Cano Sánchez, C.J.G.P., Laurencio Puertas R., M.G.C., A.C., A.A.C., M.L.O.C., J.R.S., Julio José Estupiñan Estupiñan, E.G.B., M. Gladys Olarte Carrera, J.T., R.O.C., G.R.A., F.M.R., F.V., Ludovina Presentación R., J.M.B., Campo Elías Caballero, R.P.A., M.C.R., V.H. y C.H., Gerardo Morales, M.P.P., A.C.M., B.I.B. de Angulo, L.B. y Luz Emilce C. Marroquín, B.R. de Ruje y J.N.R.B., M.C. y Araminta del Carmen López, J.A.S.G. y C.d.R.V.L., M. Ignacia Quevedo Castro y J.N.R.R., H.J.R.R. y Ana Sofía Piñeros Jiménez, M.R. de G., A.A. y L.E.P., M. de J.L., M.G., R.E.A., M.A.P.D. y A.L.S., Rafael Hernando B. y A.I.B., F.R. y M. Blanca Sierra de Rubio, L.T. de R., Cecilia Garzón Carrión, A.M.A.F., Graciela Cárdenas Hernández, C.Q.H., Luis Alfonso R. Garay, J.D.N.G., M.S.S.R., R.F. de Gacha, G.C.L., U.P.G., Felipe Antonio Vivas, P.P.M. y M.E.T. de M., J.A.S.S., C.R. y Olga M. Roa, E.J.G., José Diomedes Carmona Mogollón, R.O., J.P.J., S.R.S.L., H.A., G.V.N. y R.N.V. de V., M. Celina de N., J.Y.V., R.E.R., A. de J.P.C., V.F., Ligia Mendivelso Cuevas, B.F.R., Erasmo Rativa Sosa, E.R. de R., H.S.P., J. de Jesús Albino Cuesta y C.A.A.C., E.M. de O., R.D., S.M.V.M. y Martha Cecilia Vargas, M.A.A., O.C.T. y Julio Tito Guerrero, M.L.A.S., Santos Adelmo Castillo Arenas, L.A.S.M., Luis Alberto A. Torres, M.F. de A., P.E.H.R., R.O. de B., C.R.R., José Trujillo Serrato M., M.A.F., Luis Alberto R., J.B.B., mediante apoderado judicial, convocaron a la Corporación El Carmelo y personas indeterminadas a un proceso ordinario de pertenencia, para que en la correspondiente sentencia se declarara en favor de cada uno de los demandantes, respectivamente, la prescripción adquisitiva sobre los bienes inmuebles relacionados y descritos en el numeral 3o de la demanda aquí anotada. Así mismo, se solicitó que se ordenara a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo de Bogotá D. C., la inscripción de la sentencia.


2.- Los hechos comunes alegados por la parte actora, como fundamento de sus pretensiones, se pueden sintetizar de la siguiente manera:


A) La totalidad de los demandantes poseen quieta y pacíficamente, con ánimo de señores y dueños e ininterrumpidamente, unos inmuebles que se hayan ubicados en un globo de terreno de mayor extensión.


B) El enunciado globo de terreno de mayor extensión en el que se hallan ubicados los inmuebles cuya declaración de pertenencia se pretende, se encuentra situado entre las calles 34 sur y 39B sur y carrera 8A y 10a de la nomenclatura urbana de Bogotá, conocido actualmente como barrio “BARCELONA SUR ORIENTAL”, delimitado por el Norte: Con la calle 34 sur en extensión aproximada de ochenta y cuatro punto veintidós metros (84.22 mts) entre los mojones 1 y 204-L, pasando por los mojones 2 y 3. Por el Sur: Terreno sin desarrollar en extensión aproximada de ciento treinta y cuatro punto treinta y dos metros (134.32 mts) lineales entre los mojones 121 y 227-L, pasando por los mojones 122 y 125. Por el Oriente: Barrio Managua en extensión aproximada de trescientos sesenta punto veintiuno (360.21 mts) entre los mojones 1 y 121 pasando por los mojones 52, 54A y 68A. Por el Occidente: Afectación avenida del L.ertador (Carrera 10a) y predio parcialmente desarrollado en extensión aproximada de quinientos sesenta y tres punto cuarenta y tres metros ( 563.43 mts) entre los mojones 27L, 219A, 214L, 210A, 210L, 209L, 208L, 207L, 206L y 205L.


C) En el certificado de tradición del inmueble con folio de matrícula inmobiliaria No 050-0598327, de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de la ciudad de Bogotá, figura como titular de “la nuda propiedad” del inmueble la Corporación “ EL CARMELO” (fl. 8, cdno. 1).

D) Los demandantes ocupan el inmueble, por compra de derechos de posesión que hicieron a la señora LILIA BARAHONA DE SILVA o sus causahabientes, según consta en la escritura de protocolización No. 4105 de junio 18 de 1980, fecha en la que probó tener más de treinta (30) años de posesión quieta, pacífica e ininterrumpida.


E) En la actualidad, los demandantes son titulares de la posesión que supera con creces los veinte (20) años. No obstante lo anterior, advirtió...

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