Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 56291 de 17 de Abril de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 552634210

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 56291 de 17 de Abril de 2013

Sentido del falloINADMITE RECURSO DE CASACIÓN
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha17 Abril 2013
Número de expediente56291
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Barranquilla
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
República de Colombia



Corte Suprema de Justicia



CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL


CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE

Magistrado Ponente


Radicación N° 56291

Acta N° 11


Bogotá, D.C., diecisiete (17) de abril de dos mil trece (2013).


Decide la Corte la admisión del recurso extraordinario de casación interpuesto por ARCADIO SALAZAR ROMERO contra la sentencia de fecha 28 de mayo de 2010, proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, en el proceso ordinario laboral que YASEER JOSÉ GUZMÁN PÉREZ, le sigue al recurrente.



ANTECEDENTES


El señor Yaseer José Guzmán Pérez demandó al recurrente, a fin de que se declare la existencia de un contrato de trabajo entre las partes y, como consecuencia de ello, se condene al accionado al pago de cesantías, intereses a las mismas, primas legales, vacaciones, aportes al Sistema de Seguridad Social Integral en salud y pensiones, aportes a la Caja de Compensación Familiar, dotaciones de vestido y labor, indemnización moratoria, lo que resulte ultra o extra petita y las costas del proceso.


El Juzgado de conocimiento, que lo fue el Séptimo Laboral del Circuito de Barranquilla, mediante sentencia del 17 de julio de 2009, (folios 63 a 69), resolvió:


PRIMERO.- Declárese probada parcialmente la excepción de prescripción propuesta por la parte demandada.


SEGUNDO.- Condenar al S.A.S.R., a pagar al señor Y.J. (sic) GUZMAN (sic) PEREZ (sic), la suma de $2.864.766.66, por los siguientes conceptos:


  1. Cesantías la suma de $1.377.266.66

  2. Prima Servicios, la suma de $943.500.oo

  3. Vacaciones, la suma de $544.000.oo


TERCERO: Condenar al demandado a realizar los aportes a Seguridad Social en Pensiones al fondo en que esté actualmente afiliado el actor a partir del 18 de diciembre de 2003 y hasta el 18 de octubre de 2006.


CUARTO: Condenar al demandado a realizar los aportes a Seguridad Social en Salud el (sic) actor desde octubre de 2004 hasta octubre 18 de 2006.


QUINTO: Condenar al demandado a pagar al demandante la suma diaria de $13.600.oo, a partir del 19 de octubre de 2006, por concepto de indemnización moratoria y hasta el momento en que sea cabalmente cumplido el pago de la condena impuesta en el presente proveído.


SEXTO: A. al demandado de los demás cargos instaurados en su contra por el demandante en el libelo de la demanda.


SEPTIMO (SIC): Costas a...

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