Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 52677 de 27 de Julio de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 552668294

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 52677 de 27 de Julio de 2014

Sentido del falloDECLARA DESIERTO RECURSO DE CASACIÓN
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Bogotá
Número de expediente52677
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de sentenciaAL5557-2014
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
Fecha27 Julio 2014
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
República de Colombia



Corte Suprema de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL



RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO

Magistrado Ponente


AL5557-2014

Radicación No. 52677

Acta 30


Bogotá, D.C., veintisiete (27) de julio de dos mil catorce (2014)


Se pronuncia la Corte sobre el cumplimiento de los requisitos formales de la demanda de casación presentada por la apoderada del señor PEDRO ENRIQUE CRUZ GÓMEZ contra la sentencia proferida por la Sala Laboral de Descongestión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C. el 30 de junio de 2011, dentro del proceso ordinario laboral que promovió en contra del BANCO CAFETERO EN LIQUIDACIÓN.


La demanda de casación contiene varios capítulos que se denominan «FUNDAMENTOS DE HECHOS», «FUNDAMENTOS DE DERECHO» y «CARGOS». En el primero de los mencionados apartes, la recurrente se limita a describir los términos en los que presentó su demanda y la forma en la que fue tramitada y decidida en las instancias, sin incluir alguna referencia relacionada con los alcances de su recurso de casación.


En el segundo, titulado «FUNDAMENTOS DE DERECHO», se limita a reproducir textualmente el contenido de disposiciones como el artículo 1 del Decreto 2615 de 1946, el artículo 3 de la Ley 33 de 1985, el artículo 62 de 1985 y el artículo 77 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, así como de algunas cláusulas de la convención colectiva de trabajo, sin alguna estructura lógica, de manera que, a partir de este segmento, la Corte tampoco puede interpretar cuáles son los motivos de la casación y cuáles los argumentos en los que se soportan.


Finalmente, en el acápite denominado «CARGOS», aduce textualmente:


PRIMER CARGO

Acuso la sentencia por violación de una norma sustantiva laboral de carácter general, via (sic) directa, interpretación errónea del artículo 11 de la Ley 1149 de 2007


SEGUNDO CARGO

Acuso la sentencia por violación de una norma sustantiva laboral de carácter general, vía indirecta interpretación errónea del artículo 467 del código sustantivo del trabajo


TERCER CARGO

Acuso la sentencia por violación de una norma sustantiva laboral de carácter general, vía indirecta, interpretación errónea del artículo 53 de la constitución política de Colombia


CUARTO

Acuso la sentencia por violación de una norma sustantiva laboral de carácter general, vía directa interpretación errónea...

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