Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 53997 de 27 de Julio de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 552668298

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 53997 de 27 de Julio de 2014

Sentido del falloABSTENERSE DE ESTUDIAR RECURSO
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Bogotá
Número de expediente53997
Número de sentenciaAL5568-2014
Fecha27 Julio 2014
Tipo de procesoRECURSO DE QUEJA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

República de Colombia




Corte Suprema de Justicia



CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL



RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO

Magistrado ponente


AL5568-2014

Radicación n.°53997

Acta 30


Bogotá, D.C., veintisiete (27) de julio de dos mil catorce (2014).


Se pronuncia la Corte sobre el recurso de queja que interpuso el apoderado de la parte demandada contra el auto proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, el 30 de septiembre de 2011, mediante el cual se negó el recurso de casación interpuesto contra la sentencia proferida el 31 de agosto de 2011, dentro del proceso ordinario laboral promovido por MARTÍN CARRILLO LOAIZA contra ALMAVI LTDA. EN R, PRODUCTOS LÁCTEOS SANTO DOMINGO LTDA., e INDUSTRIA SANTA CLARA LTDA.




  1. ANTECEDENTES


Martín Carrillo Loaiza demandó a ALMAVI LTDA. EN R., PRODUCTOS LÁCTEOS SANTO DOMINGO LTDA., e INDUSTRIA SANTA CLARA LTDA., con el fin de que se le pagaran solidariamente los salarios causados entre el 16 de abril de 2001 y el 26 de septiembre del mismo año; la cesantía; intereses a la cesantía; vacaciones; primas de servicios; y la indemnización por terminación unilateral y sin justa causa del contrato de trabajo.


Por sentencia de 28 de septiembre de 2009, el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Descongestión de Bogotá, absolvió a las demandadas de todas y cada una de las pretensiones invocadas en su contra por el demandante.


Apeló la parte demandante y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, S.L., en providencia de 31 de agosto de 2011, revocó la decisión del a quo y condenó a las accionadas a pagar solidariamente al demandante $22.884.299, más la suma de $83.333.33, diarios, a partir del 1 de abril de 2001, por 24 meses, y, a partir del mes 25, el valor de los intereses moratorios a la tasa máxima de créditos de libre asignación hasta cuando el pago se verifique.


Inconformes con esta decisión, las demandadas interpusieron recurso de casación, el cual fue negado para la sociedad Productos Lácteos Santo Domingo Ltda., y concedido para A.L.. en R., e Industrias Santa Clara Ltda., por considerar que dentro del plenario no se encontraba poder que facultara a Ricardo Pérez Gaviria para representar a Productos Lácteos Santo Domingo Ltda., así, “(…) se tiene por no recurrida la sentencia de segunda instancia por parte de esa demandada y se procede a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR