Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 42865 de 22 de Octubre de 2014
Emisor | Sala de Casación Penal |
Sentido del fallo | NO REPONE |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Bucaramanga |
Número de sentencia | AP6514-2014 |
Número de expediente | 42865 |
Tipo de proceso | REVISIÓN |
Fecha | 22 Octubre 2014 |
Materia | Derecho Penal |
República de Colombia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR
MAGISTRADA PONENTE
AP6514-2014
R.icación No.: 42865
Acta No. 349
Bogotá D.C., veintidós (22) de octubre de dos mil catorce (2014)
VISTOS
La Sala resuelve el recurso de reposición interpuesto contra el auto de 27 de agosto de 2014, mediante el cual se inadmitió la demanda de revisión presentada a nombre de CÉSAR AUGUSTO RUEDA RINCÓN, contra la sentencia proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior de B., que confirmó la condenatoria emitida por el Juzgado Noveno Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de la misma ciudad.
HECHOS
Fueron consignados en la sentencia de segunda instancia en esta forma:
Consta en los registros que el 16 de agosto de 2006, a eso de las 2 de la tarde, fue raptado el joven S.P.O. de 14 años de edad, cuando se encontraba en frente del colegio Santa Teresita del Municipio de Floridablanca donde estudiaba, por unos sujetos que se movilizaban en un taxi. Preocupados los padres del menor porque no llegaba a su casa informaron a los miembros del GAULA de tal situación. Al día siguiente los padres del mencionado en su residencia ubicada en el Balcón del Tejar Nº 36-303 casa 116 de B. reciben una llamada telefónica a través de la cual les exigen la suma de $50.000.000 para devolverles a su hijo y a la vez mantenerlo con vida. El 18 de agosto de 2006 funcionario del Gaula le informaron a los padres del menor sobre el hallazgo de un cadáver en un basurero de la vía que de la ciudad conduce a Pamplona, el que al ser identificado fue reconocido como el joven secuestrado quien según la necropsia falleció por estrangulamiento.
No obstante lo anterior ese mismo 18 de agosto se siguieron efectuando llamadas una a las 11 de la mañana y otras cuatro a las 8, 9, 10 y 48 y cerca de las 12 de la noche, a la casa del fallecido insistiendo en el pago del dinero para logar la liberación, y fue así que en desarrollo de un plan antisecuestro realizado por miembros del GAULA se logró capturar a CÉSAR AUGUSTO RUEDA RINCÓN, J.A.C. y YAHIR FARLEY DUEÑEZ DELGADO, momentos en que éstos dos últimos realizaban la llamada desde un teléfono público mientras que el primero en cita los aguardaba en un carro de servicio público de su propiedad de placas XLK-000.
ACTUACIÓN PROCESAL
1.- El 5 de diciembre de 2007 el Juzgado 9º Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de B. condenó a CÉSAR AUGUSTO RUEDA RINCÓN a la pena de 630 meses de prisión, multa equivalente a 7.000 s.m.l.m.v. e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término de la...
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