Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 45261 de 4 de Febrero de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 557625214

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 45261 de 4 de Febrero de 2015

Sentido del falloASIGNA COMPETENCIA
Tribunal de OrigenJuzgado Penal de Circuito Especializado de Antioquia
Fecha04 Febrero 2015
Número de sentenciaAP505-2015
Número de expediente45261
Tipo de procesoDEFINICIÓN DE COMPETENCIA
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal
República de Colombia



Corte Suprema de Justicia


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL



Eyder Patiño Cabrera Magistrado Ponente



AP505-2015

Radicación N° 45.261

(Aprobado Acta No. 032)


Bogotá, D.C., cuatro (4) de febrero de dos mil quince (2015).



MOTIVO DE LA DECISIÓN


La Sala se pronuncia sobre la solicitud elevada por los defensores de los imputados William Darley García Ospina y Manuel Alejandro Cuéllar Urrutia, quienes impugnaron la competencia del Juzgado 2º Penal del Circuito Especializado con funciones de conocimiento de Antioquia para conocer la audiencia de formulación de acusación por los delitos de homicidio en persona protegida en concurso con concierto para delinquir agravado, secuestro simple, falsedad ideológica en documento público, peculado por apropiación, tráfico, fabricación o porte de armas de defensa personal y de uso privativo de las fuerzas militares y encubrimiento.


ANTECEDENTES


1. El 15 de diciembre de 20141 la F.ía 16 Especializada de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de Medellín, presentó escrito de acusación con preacuerdo en contra de William Darley García Ospina y Manuel Alejandro Cuéllar Urrutia, con fundamento en los siguientes hechos:


(…) En el caso que nos ocupa, es claro que en desarrollo a las maniobras y movimientos tácticos en la zona correspondiente a la jurisdicción del batallón P.N.O., se hizo a (sic) aparecer la muerte de varias personas, como que tuvieron origen en el control de actividades de grupos al margen de la ley, pertenecientes a las ONT FARC, ELN, BACRIM y son los mismos actores armados mencionados los que según el Ejército, dieron lugar a la misión táctica, de ahí la tipificación del artículo 135 del Código Penal. Se reitera que a instancia de los propios militares, de los hechos que son notorios en el país así como de la jurisdicción de las cortes, nos damos cuenta de la existencia, tanto formal como material de un conflicto armado interno, en donde la población civil se encuentra en medio en algunas ocasiones y en otras los actores armados los ponen en medio sin razón.


Para lo anterior se le colocó armas de fuego a las víctimas, para hacer aparecer como si se hubieran enfrentado con los miembros del Ejército Nacional.


En consecuencia el ente investigador presentó el referido escrito en contra de los procesados, así:




PROCESADO (S)

FECHA DE LOS HECHOS

LUGAR(ES)

DELITO(S)

1

William Darley García Ospina y Manuel Alejandro Cuéllar Urrutia

  • 26-01-06



  • 28-01-06



  • 13-02-06



  • 15-02-06



  • 25-02-06



  • 16-03-06



  • 26-03-06



  • 27-03-06



  • 03-04-06



  • 18-11-06



  • 13-01-07



  • 15-03-07



  • 21-03-07



  • 22-04-07



  • 08-05-07



  • 15-05-07



  • 12-06-07



  • 08-01-08



  • 21-02-08


Medellín (Antioquia)


Copacabana (Antioquia)


Copacabana (Antioquia)


Medellín (Antioquia)


Santa Bárbara

(Antioquia)


B. (Antioquia)



Medellín (Antioquia)


Abejorral–Sonson (Antioquia)


B. (Antioquia)



C. (Antioquia)


C.

(Antioquia)


C. (Antioquia)


Medellín (Antioquia)


Abejorral (Antioquia)


Abejorral (Antioquia)


Abejorral (Antioquia)



Abejorral (Antioquia)


Sabana de Torres (Santander)


Floridablanca (Santander)

homicidio en persona protegida...

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