Auto de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 47001 31 03 001 2005 00193 01 de 9 de Septiembre de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 589462706

Auto de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 47001 31 03 001 2005 00193 01 de 9 de Septiembre de 2015

Sentido del falloINADMITE DEMANDA Y DECLARA DESIERTO EL RECURSO DE CASACION
Número de sentenciaAC5113-2015
Número de expediente47001 31 03 001 2005 00193 01
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
Fecha09 Septiembre 2015
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil - Familia de Santa Marta
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL
MateriaDerecho Civil
República de Colombia

Corte Suprema de Justicia




CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL



MARGARITA CABELLO BLANCO

Magistrada ponente



AC5113-2015

R.icación n° 47001 31 03 001 2005 00193 01

(Aprobado en sala de diecisiete de junio de dos mil quince)



Bogotá, D.C., nueve (9) de septiembre de dos mil quince (2015).

Resuelve la Corte la admisibilidad de la demanda de casación a través de la cual el demandante, A.V.C., recurrente, sustentó el recurso extraordinario presentado frente a la sentencia que el dos (2) de agosto de dos mil trece (2013), profirió la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, dentro del proceso ordinario que él inició en contra del señor G.M.C. y las sociedades COOLIBERTADOR S.A., y DISTRIBUCIONES LA PERLA LTDA.


  1. ANTECEDENTES



1. El ocho (8) de octubre de dos mil dos (2002), a la hora de las nueve (9) de la mañana, en la vía que de S.M. conduce a Ciénaga (Magdalena), se produjo una colisión entre los vehículos de placas UQO 486, marca Chevrolet, tipo buseta, afiliado a la empresa Sensación Ltda., conducido por A.M.R. y XXA-405, tractocamión, conducido por el señor Iván Pardo Díaz, de propiedad de la empresa Distribuciones la Perla Ltda.


En el accidente falleció el señor A.M.R., conductor del primero de los automotores.


2. Según se narró en el libelo, el suceso trágico tuvo lugar por la frenada ‘brusca e inesperada’, del bus afiliado a la empresa Compañía Libertador S.A. -Coolibertador S.A.-, vehículo que violó las normas de tránsito al parar en la mitad de la vía para recoger un pasajero.


3. A raíz del choque, además del deceso del señor M.R., lo que, para su familia representó un evidente perjuicio, dado que derivaban su manutención del producido de la buseta, también el propietario de la misma resultó perjudicado habida cuenta que él, igualmente, percibía lo de su sustento y el de su familia, del producido del automotor.


4. Precisamente, en procura del resarcimiento del caso, el actor, titular del dominio del vehículo de placas UQO 486, que resultó incinerado y declarado como pérdida total, a través de apoderado designado al efecto, demandó a la persona natural y jurídicas señaladas inicialmente, para que le indemnizaran por los perjuicios generados.


5. La demanda respectiva se admitió el doce (12) de septiembre de dos mil cinco (2005), providencia en la que se dispuso correr el traslado a los demandados, previsto en la ley.


6. Una vez se agotaron las etapas reguladas en la normatividad vigente, para esta clase de asuntos, el diecinueve (19) de diciembre de dos mil doce (2012), el Juez de conocimiento (Primero Civil del Circuito de Santa Marta), procedió a dictar la sentencia pertinente –folios 216 a 222-, proveído en el que negó, totalmente, la pretensiones formuladas.


El actor, en tiempo, concurrió a formular recurso de apelación, que fue concedido...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR