Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 72607 de 30 de Septiembre de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 589465810

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 72607 de 30 de Septiembre de 2015

Sentido del falloABSTENERSE DE DIRIMIR CONFLICTO DE COMPETENCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de expediente72607
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Bogotá
Número de sentenciaAL5849-2015
Tipo de procesoCONFLICTO DE COMPETENCIA
Fecha30 Septiembre 2015
MateriaDerecho Civil
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

J.M.B.R.

Magistrado ponente

AL5849-2015

Radicación n° 72607

Acta 34

Bogotá D.C., treinta (30) de septiembre de dos mil quince (2015).

Sería del caso que la Corte se pronunciara sobre el conflicto negativo suscitado entre el JUZGADO VEINTITRÉS (23) ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BOGOTA- SECCIÓN SEGUNDA- y el JUZGADO VEINTIOCHO LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, dentro de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COMPENSAR contra la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD, de no ser porque carece de competencia para el efecto.

Así se afirma por cuanto de conformidad con el numeral 4 del literal a.) del artículo 15 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, en armonía con el artículo 16 de la Ley 270 de 1996, modificado por el 7 de la Ley 1285 de 2009, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia conoce de los conflictos de competencia que se susciten entre juzgados de diferente distrito judicial.

Comoquiera que los juzgados entre los que se suscitó la presente colisión de competencia pertenecen a diferente jurisdicción, no es esta Corporación la llamada a dirimirla.

DECISIÓN

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral,

RESUELVE

PRIMERO: ABSTENERSE de dirimir el conflicto negativo de competencia suscitado entre el JUZGADO VEINTITRÉS (23) ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BOGOTA- SECCIÓN SEGUNDA y el JUZGADO VEINTIOCHO LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, dentro de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COMPENSAR contra la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD,

SEGUNDO: REMITIR las presentes diligencias al CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA para lo de su competencia. ...

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