Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 70418 de 20 de Octubre de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 592918234

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 70418 de 20 de Octubre de 2015

Sentido del falloINADMITE RECURSO DE CASACIÓN
Número de sentenciaAL6123-2015
Fecha20 Octubre 2015
Número de expediente70418
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Cali
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

G.H.L.A.

Magistrado ponente

AL6123-2015

Radicación n.° 70418

Acta

Bogotá, D.C., veinte (20) de octubre de dos mil quince (2015).

Al estudiar la Sala sobre la procedencia del recurso de casación interpuesto por F.C.M. contra la sentencia de 10 de julio de 2014, proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, en el proceso que el recurrente promovió contra la NACIÓN, MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL, GRUPO INTERNO DE TRABAJO PARA LA GESTIÓN DEL PASIVO SOCIAL DE PUERTOS DE COLOMBIA, HOY NACIÓN, UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL -UGPP-, se advierte que el mismo debe ser inadmitido en atención a lo siguiente:

El mismo se formuló de forma extemporánea, el 1 de agosto de 2014 (fl. 105 del cuaderno del Tribunal), siendo que el término de 15 días para interponerlo corrió entre el 11 y el 31 de julio de esa anualidad.

De otra parte, mediante memorial que obra a folio 106 del cuaderno del Tribunal, la representante judicial del recurrente manifestó:

…de manera muy respetuosa me permito manifestar que con fecha de hoy 1º de agosto se presentó escrito interponiendo RECURSO DE CASACIÓN dentro del proceso de la referencia, contra la sentencia No. 186 del 10 de julio del año 2014…por lo que presento solicitud de retiro del memorial presentado con fecha agosto 1 de 2014, de tal manera que renuncio al recurso de casación interpuesto. (Negrilla y subrayado fuera de texto).

A pesar de las circunstancias descritas, por auto de 2 de diciembre de 2014, el Tribunal Superior de Cali, concedió el recurso extraordinario y dispuso su envío a esta Sala de Casación, sin que ello fuera procedente.

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral,

RESUELVE:

PRIMERO:...

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