Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 46448 de 30 de Septiembre de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 592921486

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 46448 de 30 de Septiembre de 2015

Sentido del falloINADMITE
Número de sentenciaAP5688-2015
Número de expediente46448
Fecha30 Septiembre 2015
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Popayán
Tipo de procesoREVISIÓN
EmisorSala de Casación Penal

República de Colombia








Corte Suprema de Justicia




CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL



JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO

Magistrado ponente


AP5688-2015

Radicación Nº 46448

(Aprobado acta N° 350)




Bogotá, D.C., treinta (30) de septiembre de dos mil quince (2015).



I. V I S T O S



La Corte se pronuncia sobre los requisitos de lógica y debida fundamentación de la demanda de revisión presentada por el apoderado de Ferley Alexander Herrera Serna contra la sentencia del 18 de julio de 2011 que lo condenó por los delitos de homicidio agravado y concierto para delinquir agravado, decisión confirmada en segunda instancia el 9 de febrero de 2012 por el Tribunal Superior de Popayán.


II. HECHOS Y ANTECEDENTES PROCESALES RELEVANTES



El 24 de agosto de 2003, en el atrio de la iglesia del corregimiento de San Joaquín, municipio de El Tambo (Cauca), un grupo de individuos pertenecientes a las autodefensas, entre los que se encontraba Ferley Alexander Herrera Serna, alias diecisiete, de forma violenta amordazaron al agente de la Policía Nacional F.A.D.D., lo patearon, le propinaron disparos con arma de fuego, le cortaron las orejas, la lengua y lo degollaron. Seguidamente, su cadáver fue transportado en una camioneta y arrojado en la vereda Moyunda Piagua del mismo municipio, donde fue hallado el 21 de septiembre siguiente.


Ferley Alexander Herrera Serna fue vinculado como persona ausente el 30 de septiembre de 2005 y el 6 de octubre siguiente se posesionó su defensor de oficio. El 10 de abril de 2006 la Fiscalía 21 Especializada, adscrita a la Unidad de DDHH y DIH, lo acusó como couator de los delitos de homicidio agravado y concierto para delinquir agravado (artículos 103, 104-6º-10º y 340, inciso segundo, del Código Penal).

Surtida normalmente la etapa de la causa, el 18 de julio de 2011 el Juzgado 2º Penal del Circuito Especializado de Popayán condenó a Herrera Serna a las penas principales de 28 años y 9 meses de prisión y multa por valor equivalente a 2000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, as{i como a la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por término de 20 años, como coautor de los delitos que fueron objeto de la acusación. Así mismo, fue sentenciado al pago de los perjuicios de orden civil derivados de la ejecución del delito, se le negó el subrogado de la ejecución condicional de la sentencia y el sustituto de la prisión domiciliaria.


Apelado por la defensa, el fallo del a quo fue confirmado en segunda instancia el 9 de febrero de 2012 por el Tribunal de Popayán.


El sentenciado se encuentra privado de la libertad en en el EPMSCCAR de Cartagena.



III. LA SENTENCIA


El juzgador encontró demostrada la materialidad de las conductas punibles de homicidio agravado y concierto para delinquir agravado, as{i como la responsabilidad del procesado. Para ello, recurrió al relato de testigos presenciales, algunos de ellos provenientes de los mismos coautores del crimen que se sometieron a la sentencia anticipada; la mayoría de ellos ubicaron a Herrera Serna en el lugar de los hechos, como integrante del grupo paramilitar de las AUC que ultimó al servidor de la Policía Nacional y luego trasladó su cadáver a un paraje rural.


Así mismo, frente a la inconformidad del defensor apelante, señaló que no existió violación alguna al derecho a la defensa técnica del procesado, pues su abogado estuvo atento al trámite procesal, se notificó de las...

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