Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 45995 de 30 de Septiembre de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 592921598

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 45995 de 30 de Septiembre de 2015

Sentido del falloDECRETA PRUEBAS
Número de sentenciaAP5712-2015
Fecha30 Septiembre 2015
Número de expediente45995
Tribunal de OrigenEspaña
Tipo de procesoEXTRADICIÓN
EmisorSala de Casación Penal

República de Colombia






Corte Suprema de Justicia




CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL




EYDER PATIÑO CABRERA

Magistrado Ponente



AP5712-2015

Radicación No. 45.995

(Aprobado Acta No. 350)



Bogotá D.C., treinta (30) de septiembre de dos mil quince (2015).


MOTIVO DE LA DECISIÓN


Previo a emitir concepto sobre la solicitud de extradición formulada por el Gobierno de España, a través de su Embajada en nuestro país, respecto del ciudadano colombiano Yeis Gerardo Marín Galeano o J.G.M.G., se pronuncia la Sala sobre la necesidad de solicitar una prueba para continuar con el presente trámite.


ANTECEDENTES


1. Mediante Nota Verbal N°. 589/2014 del 26 de noviembre 20141, la Embajada de España solicitó la detención preventiva, con fines de extradición, del ciudadano colombiano James Gerardo Marín Galeano, petición que formalizó con la comunicación diplomática N°. 197/2015 del 4 de mayo siguiente2.


Es de aclarar que en esta última señala como pretendido a Yeis Gerardo Marín Galeano.


2. La Fiscalía General de la Nación, por medio de la resolución del 23 de diciembre 20143, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano James Gerardo Marín Galeano, la cual se hizo efectiva el 11 de febrero siguiente, en la Calle 73 Bis con Carrera 26, barrio El Oso, de la ciudad de Pereira4, quien en ese momento se identificó como Yeis Gerardo Marín Galeano.


3. El Ministerio de Justicia y del Derecho, previo concepto de su homólogo de Relaciones Exteriores, conceptúo que los tratados aplicables al presente caso son: «Convención de Extradición de Reos», suscrita entre Colombia y el Reino de España, en Bogotá el 23 de julio de 1892, y el «Protocolo Modificatorio de la Convención de Extradición», adoptado en Madrid el 16 de marzo de 1999, y remitió a la Corte la documentación que la soporta, a través del oficio OFI15-0012323-OAI-1100 del 11 de mayo pasado5.


4. La Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, en fecha 27 de abril de 2015, ordenó informar a James Gerardo Marín Galeano y/o Yeis Gerardo Marín Galeano su derecho a nombrar un abogado que lo asistiera en el trámite ante esta Corporación6. No obstante, como guardó silencio, el 29 de mayo siguiente se posesionó el defensor público7.


5. A través de escrito presentado el 17 de junio del presente año, el requerido Yeis Gerardo Marín Galeano comunicó a la Corte la intención de acogerse al procedimiento de extradición simplificada, la cual coadyuvó su apoderado8.


6. La Sala, en auto...

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