Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 70372 de 1 de Julio de 2015
Sentido del fallo | DECLARA DESIERTO RECURSO DE CASACIÓN / IMPONE SANCIÓN |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Laboral de Bogotá |
Número de expediente | 70372 |
Número de sentencia | AL3696-2015 |
Fecha | 01 Julio 2015 |
Tipo de proceso | RECURSO DE CASACIÓN |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
CLARA C.D.Q.
Magistrada ponente
AL3696-2015
Radicación n.° 70372
Acta 21
Bogotá, D.C., primero (01) de julio de dos mil quince (2015).
Gloria L.G.G. Vs. Banco Popular S.A.
En vista de que la parte recurrente (G.L.G.G.) presentó la demanda de casación con posterioridad al término concedido para tal efecto, según el anterior informe de Secretaría, la Sala de Casación Laboral declara DESIERTO el recurso, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 65 del D. 528/1964.
Con base en lo consagrado en el inc. 3, art. 49 de la L. 1395/2010, que modificó el art. 93 del C.P.T. y S.S., se fija multa en 10 S.M.L.M.V. al apoderado judicial de la parte recurrente J.T.L.R., identificado con cédula de ciudadanía No. 10.029.283 y portador de la T.P. No. 123.322 del Consejo Superior de la Judicatura, la cual será pagada a favor de La Nación –Consejo Superior de la Judicatura- y consignados en el Banco Agrario a la cuenta DTM multas y cauciones efectivas No. 3-0070-000030-4, con dirección de notificación en la carrera 7ª No. 18-80 oficina 805 Edificio Centro Financiero en la ciudad de Pereira Risaralda.
Se reconoce personería para actuar dentro del proceso de la referencia al doctor H.A.D. como apoderado sustituto de la parte opositora (Banco popular S.A.), en los términos y para los efectos del memorial que obra a folio 5 del cuaderno de la Corte.
Devuélvase el expediente al Tribunal de origen.
N. y cúmplase.
CLARA C.D.Q.
Presidenta de Sala
JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ
RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO
GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA
LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS
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