Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 69685 de 16 de Noviembre de 2016
Sentido del fallo | CONFIRMA CONCEDE TUTELA |
Tribunal de Origen | Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil y Agraria |
Fecha | 16 Noviembre 2016 |
Número de sentencia | STL17164-2016 |
Número de expediente | T 69685 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
CLARA C.D.Q.
Magistrada Ponente
STL17164-2016
Radicación 69685
Acta n° 43
Bogotá, D.C., dieciséis (16) de noviembre de dos mil dieciséis (2016).
La Sala resuelve la impugnación interpuesta por BANCOLOMBIA S.A., entidad vinculada en este asunto, contra el fallo proferido por la SALA DE CASACIÓN CIVIL de esta Corporación, dentro de la acción de tutela que CARLOS JULIO ROA IBÁÑEZ adelanta contra la SALA ÚNICA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE YOPAL y el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO de la misma ciudad, trámite al cual fueron vinculados las partes e intervinientes en el proceso de reorganización de pasivos de persona natural no. 2015 - 200.
- ANTECEDENTES
CARLOS JULIO ROA IBÁÑEZ acudió a la acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al DEBIDO PROCESO, IGUALDAD y ACCESO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, presuntamente vulnerados por las autoridades convocadas.
Relató que presentó demanda especial de reorganización de persona natural comerciante previsto en las Leyes 1116 de 2006 y 1429 de 2010, trámite que se adelantó ante el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Yopal, autoridad que mediante auto de 11 de noviembre de 2015, admitió la demanda; no obstante ello, el 6 de abril de 2016, el mismo despacho declaró la ilegalidad del auto anterior y dispuso negar el inicio del proceso, al considerar «que se trata no de un comerciante sino de un agricultor».
Informó que contra dicha providencia presentó los recursos de reposición y, en subsidio, de apelación, pero que el 11 de mayo de 2016, el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Yopal mantuvo su decisión, la cual ratificó el Tribunal Superior de dicho distrito, en auto de 28 de junio del cursante año.
Cuestionó que las autoridades convocadas, incurrieron en vías de hecho por desconocimiento del precedente jurisprudencial vertical, defecto fáctico y sustantivo. Adicionó que acreditó la calidad de comerciante con el registro mercantil y el RUT.
Con base en los anteriores hechos, solicitó el amparo de sus derechos fundamentales y, para su efectividad, se deje sin efecto los proveídos donde se adoptó tal determinación y, en su lugar, se proceda a continuar el trámite de reorganización empresarial. Como medida provisional, pidió suspender de inmediato el cumplimiento de los autos controvertidos, hasta tanto se defina la presente acción.
- TRÁMITE Y DECISIÓN DE...
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