Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 69685 de 16 de Noviembre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 663853805

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 69685 de 16 de Noviembre de 2016

Sentido del falloCONFIRMA CONCEDE TUTELA
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil y Agraria
Fecha16 Noviembre 2016
Número de sentenciaSTL17164-2016
Número de expedienteT 69685
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social





CLARA C.D.Q.

Magistrada Ponente




STL17164-2016

Radicación 69685

Acta n° 43


Bogotá, D.C., dieciséis (16) de noviembre de dos mil dieciséis (2016).


La Sala resuelve la impugnación interpuesta por BANCOLOMBIA S.A., entidad vinculada en este asunto, contra el fallo proferido por la SALA DE CASACIÓN CIVIL de esta Corporación, dentro de la acción de tutela que CARLOS JULIO ROA IBÁÑEZ adelanta contra la SALA ÚNICA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE YOPAL y el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO de la misma ciudad, trámite al cual fueron vinculados las partes e intervinientes en el proceso de reorganización de pasivos de persona natural no. 2015 - 200.




  1. ANTECEDENTES


CARLOS JULIO ROA IBÁÑEZ acudió a la acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al DEBIDO PROCESO, IGUALDAD y ACCESO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, presuntamente vulnerados por las autoridades convocadas.


Relató que presentó demanda especial de reorganización de persona natural comerciante previsto en las Leyes 1116 de 2006 y 1429 de 2010, trámite que se adelantó ante el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Yopal, autoridad que mediante auto de 11 de noviembre de 2015, admitió la demanda; no obstante ello, el 6 de abril de 2016, el mismo despacho declaró la ilegalidad del auto anterior y dispuso negar el inicio del proceso, al considerar «que se trata no de un comerciante sino de un agricultor».


Informó que contra dicha providencia presentó los recursos de reposición y, en subsidio, de apelación, pero que el 11 de mayo de 2016, el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Yopal mantuvo su decisión, la cual ratificó el Tribunal Superior de dicho distrito, en auto de 28 de junio del cursante año.


Cuestionó que las autoridades convocadas, incurrieron en vías de hecho por desconocimiento del precedente jurisprudencial vertical, defecto fáctico y sustantivo. Adicionó que acreditó la calidad de comerciante con el registro mercantil y el RUT.


Con base en los anteriores hechos, solicitó el amparo de sus derechos fundamentales y, para su efectividad, se deje sin efecto los proveídos donde se adoptó tal determinación y, en su lugar, se proceda a continuar el trámite de reorganización empresarial. Como medida provisional, pidió suspender de inmediato el cumplimiento de los autos controvertidos, hasta tanto se defina la presente acción.


  1. TRÁMITE Y DECISIÓN DE...

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