Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 89037 de 17 de Noviembre de 2016
Sentido del fallo | NIEGA TUTELA |
Número de sentencia | STP16862-2016 |
Número de expediente | T 89037 |
Fecha | 17 Noviembre 2016 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 1
Eyder Patiño Cabrera
Magistrado Ponente
STP16862-2016
Radicación N° 89037
(Aprobado Acta Nº.366)
Bogotá, D.C., diecisiete (17) de noviembre de dos mil dieciséis (2016)
Se resuelve la acción de tutela presentada por María Angélica Soto González y Ángela Viviana Toro Castro en contra de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, por la presunta vulneración de sus derechos al debido proceso y a la defensa.
Al presente trámite fueron vinculados la Fiscalía 95 de la Unidad contra el Crimen Organizado, el Juzgado 2° Penal del Circuito Especializado, ambos de esa ciudad, Diego Caviedes Coral y Á.C.C..
ANTECEDENTES
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Hechos y fundamentos de la acción
De acuerdo con la información obrante en el expediente, se tiene que el 14 de septiembre de 2014, la Fiscalía radicó escrito de acusación contra María Angélica Soto González y Ángela Viviana Toro Castro por el delito de secuestro extorsivo agravado y concierto para delinquir, cuya audiencia de formulación se llevó a cabo el 26 de septiembre siguiente.
El 9 de febrero de 2015 inició la audiencia preparatoria y el 20 de abril de ese mismo año, las accionantes aceptaron los cargos.
El 9 de septiembre siguiente, las acusadas se retractaron y el Juzgado 2° Penal del Circuito de Bogotá, se abstuvo de impartir legalidad a la referida aceptación.
Contra esa anterior determinación, la Fiscalía 95 de la Unidad contra el Crimen Organizado de esta urbe presentó recurso de apelación y el 27 de octubre de 20161 la Sala Penal del Tribunal Superior de esta ciudad la revocó y, en su lugar, ordenó continuar con el trámite abreviado.
Inconformes con lo anterior, María Angélica Soto González y Ángela Viviana Toro Castro presentaron acción de tutela en contra del referido Tribunal por la vulneración de sus derechos al debido proceso y a la defensa.
Indicaron que acudieron al amparo constitucional, por cuanto no disponen de otro medio de defensa. Solicitan que dentro de las 48 horas siguientes a la emisión del fallo, se restablezcan sus derechos, ya que no tienen intención aceptar los cargos por ser inocentes.
2. Las respuestas
2.1. Juzgado 2° Penal del Circuito Especializado de Bogotá
El juez realizó un recuento de las principales actuaciones procesales y pidió declararla improcedente frente a su despacho, por falta de legitimidad por pasiva, toda vez que la misma va dirigida contra la...
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