Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 91620 de 4 de Mayo de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 685139989

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 91620 de 4 de Mayo de 2017

Sentido del falloDECLARACIÓN DE NULIDAD
EmisorSala de Casación Penal
Fecha04 Mayo 2017
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de expedienteT 91620
Número de sentenciaATP2830-2017
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Santa Marta
MateriaDerecho Penal



JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO

Magistrado Ponente


ATP2830-2017

Radicación n.° 91620

Acta n.° 126



Bogotá, D.C., cuatro (4) de mayo de dos mil diecisiete (2017).




V I S T O S




Se pronuncia la S. sobre la impugnación formulada por el accionante NELSON EDUARDO VIVES LACOUTURE, contra la sentencia del 23 de marzo de 2017, con la cual la S. Penal del Tribunal de S.M. negó el amparo de los derechos fundamentales que afirma conculcados por el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de S.M..




ANTECEDENTES



Según lo refieren las diligencias, con base en la denuncia formulada por ENNA M.C.R., se inició investigación penal en contra de N.E.V.L. por la presunta comisión de los delitos de los delitos de cohecho propio, concierto para delinquir simple y peculado por apropiación, conductas punibles por las cuales fue formalmente acusado por parte de la Fiscalía Cincuenta y Tres de la Unidad de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario mediante resolución del 31 de diciembre de 2009.




El trámite de la causa correspondió al Juzgado Veintiuno Penal del Circuito de Medellín, despacho que en providencia del 27 de febrero de 2013 puso fin a la primera instancia condenando al procesado a las penas principales de 114 meses de prisión, multa por valor de $589.529.866 e inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas por término semejante al de la pena privativa de la libertad, como autor del delito de peculado por apropiación (artículo 397, inciso 2º, del Código Penal) y lo absolvió por los restantes.


Apelada la providencia del a quo por el procesado, su defensor, el apoderado de la parte civil y la agente del Ministerio Público, el Tribunal Superior de Medellín, en sentencia del 18 de diciembre de 2013, adoptó las siguientes determinaciones:


i) Confirmó la condena por el delito de peculado, pero la modificó en el sentido de reconocer la calidad de autor interviniente del procesado. Confirmó la absolución por el delito de cohecho propio.


ii) Revocó la absolución por el delito de concierto para delinquir simple y, en su lugar, condenó al procesado por dicha conducta.


iii) Modificó las penas impuesta al procesado y las fijó definitivamente en 107 meses y 15 días de prisión, multa por el valor de $442.147.399,5, inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término que la de prisión. Precisó que opera la...

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