Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 91661 de 4 de Mayo de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 685140173

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 91661 de 4 de Mayo de 2017

Sentido del falloNIEGA TUTELA
Número de sentenciaSTP6192-2017
Número de expedienteT 91661
Fecha04 Mayo 2017
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA



FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO

MAGISTRADO PONENTE




STP6192-2017

Radicación N° 91661

Acta No. 126



Bogotá, D. C., mayo cuatro (04) de dos mil diecisiete (2017).


VISTOS:


Decide esta Corporación la acción de tutela promovida por el ciudadano N.R.M.B., contra una Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso sin dilaciones injustificadas, libertad personal y el acceso a la administración de justicia.

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


El señor N.R.M.B., quien se encuentra recluido en el Complejo Carcelario y Penitenciario Metropolitano de Bogotá “La Picota”, recurre directamente al juez de tutela para que previo el procedimiento establecido en el Decreto 2591 de 1991 le proteja las garantías constitucionales al debido proceso sin dilaciones injustificadas, libertad personal y el acceso a la administración de justicia.


Para lo cual señaló que mediante sentencia fechada 03 de septiembre de 2015, el Juzgado 14 Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Bogotá lo condenó a la pena principal de 11 años y 10 meses de prisión por el delito de porte ilegal de armas de fuego y municiones.


Agregó que dentro de los términos establecidos en la ley, el fallo fue impugnado y el expediente está en la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de este Distrito Judicial, desde el 28 de septiembre de esa misma anualidad.


Indicó que frente a las solicitudes elevadas para saber de su proceso, se le han informado que “debía aguardar el turno correspondiente ya que solo se estaban resolviendo los asuntos conforme al orden de llegada y aquellos próximos a prescribir”.

Con base en lo expuesto, solicitó se ordenara a la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de este Distrito Judicial, que en un término perentorio resolviera el recurso de apelación a que ya hizo referencia.


TRÁMITE DE LA ACCIÓN:


Esta Corporación asumió el conocimiento del asunto y comunicó lo pertinente a la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Bogotá, para que si a bien lo tenía, ejerciera el derecho de contradicción.


CONSIDERACIONES DE LA SALA:


1. El artículo 86 de la Constitución Política consagró la acción de tutela como un mecanismo extraordinario, preferente, subsidiario y residual para la protección de los derechos constitucionales fundamentales ante el menoscabo o...

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