Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 75683 de 5 de Abril de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 685165633

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 75683 de 5 de Abril de 2017

Sentido del falloDEVUELVE EXPEDIENTE
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Bogotá
Fecha05 Abril 2017
Número de sentenciaAL2359-2017
Número de expediente75683
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


GERARDO BOTERO ZULUAGA

Magistrado ponente


AL2359-2017

Radicación n.° 75683

Acta 12


Bogotá, D. C., cinco (5) de abril de dos mil diecisiete (2017).


EDWIN MORENO ANAYA vs. COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. E.S.P.


Sería del caso que esta sala procediera a pronunciarse sobre la admisión del recurso de casación que interpuso la demandada, contra la sentencia de 6 de julio de 2016, proferida por el Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, dentro del proceso ordinario que adelantó EDWIN MORENO ANAYA contra COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. E.S.P., sino fuera porque del examen al expediente se observa que no obra pronunciamiento alguno sobre la concesión o no del recurso extraordinario por parte del Tribunal.


En efecto, revisada la actuación se advierte que, a folio 125 del cuaderno del Tribunal, obra un CD contentivo de la audiencia de juzgamiento, en la cual se profirió la correspondiente sentencia de segunda instancia; al escuchar el audio es claro que la apoderada judicial de la parte demandada, al término de la diligencia, interpuso recurso de casación contra la decisión adoptada; ante lo cual el ad quem manifestó que: «se estudiara el interés jurídico para recurrir y le anunciara sobre la decisión si existe o no y como la oralidad termina aquí hay que sacarlo por escrito y por secretaria se le notificara…»; no obstante, el expediente fue remitido a esta Corporación sin que hiciera pronunciamiento alguno con relación a la concesión o no del recurso extraordinario promovido por la apoderada de Colombia Telecomunicaciones S.A. E.S.P.


En consecuencia, en aras de preservar el debido proceso y el derecho a la defensa, se dispondrá devolver el presente proceso a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, para que resuelva sobre la concesión o no del recurso extraordinario de casación interpuesto.


De otra parte, se procede a resolver sobre la solicitud de la parte demandante que obra a folio 8 del cuaderno de la Corte, con el fin de que se haga entrega del título de depósito consignado por la parte vencida.


Al respecto se advierte, que conforme a la documental obrante en plenario, aparece que el...

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