Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 7300122130002016-00656-01 de 20 de Enero de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 685237629

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 7300122130002016-00656-01 de 20 de Enero de 2017

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil - Familia de Ibagué
Fecha20 Enero 2017
Número de sentenciaSTC345-2017
Número de expedienteT 7300122130002016-00656-01
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil


L.A. RICO PUERTA

Magistrado ponente


STC345-2017

Radicación n.° 73001-22-13-000-2016-00656-01

(Aprobado en sesión de dieciocho de enero de dos mil diecisiete)


Bogotá, D. C., veinte (20) de enero de dos mil diecisiete (2017).


Decide la Corte la impugnación del fallo proferido por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué el 22 de noviembre de 2016, que negó la tutela de Alfonso Bello Gaitán, coadyuvada por J.E.R.P. frente al Juzgado Quinto Civil del Circuito de esa ciudad, siendo citados los intervinientes en el hipotecario nº 2015-00036.


ANTECEDENTES


1. Obrando directamente, los solicitantes reclaman la protección de los derechos fundamentales a la salud, trabajo, igualdad, defensa y debido proceso presuntamente vulnerados por la autoridad judicial acusada al negar su solicitud de fijar nueva fecha para realizar la audiencia inicial dentro del hipotecario de J.E.R.P. contra J.O. y J.C.G.C..

2. Manifiestan en resumen, que luego de descorrer el traslado de las excepciones de mérito el Despachó fijó el 7 de septiembre de 2016 a las 9:00 a.m. para llevar a cabo la audiencia inicial y en el mismo auto tuvo en cuenta un abono por $50´000.000.


Agregan que el 6 de ese mes aproximadamente a las 6:30 p.m. el apoderado del ejecutante sintió un «malestar general gravísimo» que lo afectó «acompañado de una fiebre de casi 41º grados de temperatura, dolor de cabeza permanente, escalofríos, dolor en todos los huesos, nauseas, diarrea permanente» que le impedía movilizarse y el médico que lo visitó en su domicilio le diagnosticó un virus y le inyectó varios medicamentos «que infortunadamente no produjeron el efecto deseado», persistiendo los síntomas hasta el 8 de septiembre del mismo año.

Señalan que el juzgado censurado practicó la diligencia mencionada y dejó constancia de la no comparecencia del ejecutante y su mandatario, evacuó los interrogatorios de parte, alegatos y dictó fallo en el que declaró probada la defensa de mérito denominada «pago de las obligaciones a plazo» y dispuso la terminación del litigio. El 15 de septiembre de 2016 el Juzgado negó su solicitud de practicar nuevamente la audiencia, pese a que acompañó incapacidad médica por dos días y el 25 de octubre siguiente desató adversamente la reposición.

3. Piden, en consecuencia, revocar las determinaciones cuestionadas y se efectué de nuevo la...

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