Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 49470 de 11 de Julio de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 687014185

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 49470 de 11 de Julio de 2017

Sentido del falloCONFIRMA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Bucaramanga
Número de expediente49470
Número de sentenciaAP4407-2017
Fecha11 Julio 2017
Tipo de procesoCASACIÓN
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal



FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO

Magistrado ponente


AP4407-2017

Radicación nº. 49470

(Aprobado Acta nº. 219)


Bogotá, D.C., once (11) de julio de dos mil diecisiete (2017).


VISTOS


Se resuelven las solicitudes de libertad transitoria anticipada y revocatoria o sustitución de la medida de aseguramiento presentadas por JOSÉ JESÚS PERDOMO CHACÓN, de libertad suscrita por ORLANDO ALMEIDA PÉREZ, y de revocatoria o sustitución de la medida de aseguramiento que promueve R.J. RUEDA.


HECHOS Y ACTUACIÓN PROCESAL RELEVANTE


En proveído AP3947-2017 de 21 de junio de 2017 esta Sala refirió a esos aspectos, que pueden ser resumidos en los siguientes términos:


1. El 7 de agosto de 2003, en la vereda La Reforma, jurisdicción del municipio de Charta (Santander), una patrulla del batallón de infantería nº. 14 al mando del suboficial JOSÉ JESÚS PERDOMO CHACÓN, de la cual hacían parte los soldados profesionales ORLANDO ALMEIDA PÉREZ y LUDWING REINALDO ANTOLÍNEZ BASTOS entre otros, dio muerte a M.J.R.Á., bajo el argumento de que ello había ocurrido en medio de un enfrentamiento armado con miembros del Ejército de Liberación Nacional -ELN-; no obstante, luego se conoció que en realidad el occiso era un campesino de la región a quien se le vistió con la indumentaria propia de un subversivo.


2. Por tal motivo, el 16 de abril de 2014, en la Fiscalía Sesenta y Cinco de la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, dentro del radicado 9452, se profirió resolución acusatoria contra ALMEIDA PÉREZ, M.B., P.C. y otros1, por el delito de homicidio en persona protegida consagrado en el artículo 135 del Código Penal, a quienes además se les impuso medida de aseguramiento de detención preventiva que se hizo efectiva los días 18 y 20 de junio, y 23 de septiembre siguientes, respectivamente.


Interpuesto recurso de apelación contra esa decisión por la defensa de JOSÉ JESÚS PERDOMO CHACÓN, el 9 de octubre de 2014 la Fiscalía Quinta Delegada ante el Tribunal Superior de Bucaramanga, la confirmó en su integridad.


3. De la etapa de la causa correspondió conocer al Juzgado Tercero Penal del Circuito de Bucaramanga, bajo el radicado nº. 68001 3104 003 2014 00197 00, despacho ante el cual los acusados ORLANDO ALMEIDA PÉREZ, L.R.A.B., JOSÉ JESÚS PERDOMO CHACÓN, RONAL JOSÉ RUEDA y NILSON TARAZONA DURÁN2 se acogieron a sentencia anticipada; por tanto, el 1º de julio de 2015 fueron condenados por el delito objeto de acusación a las penas de 253 meses y 12 días de prisión, multa en el equivalente a 1.667 salarios mínimos legales mensuales vigentes.


Igualmente, a la de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, negándoles la suspensión condicional de la ejecución de la pena y el mecanismo sustitutivo de la prisión domiciliaria.


Apelada dicha sentencia por la defensa del procesado PERDOMO CHACÓN, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga mediante fallo de 16 de junio de 2016 resolvió confirmarla en su integridad, interponiendo esa parte procesal recurso extraordinario de casación; el libelo está pendiente de calificación sobre el cumplimiento de las exigencias legales para su admisión.

DE LAS SOLICITUDES


1. O.A.P., mediante escueto memorial recibido en Secretaría el 27 de junio próximo pasado, dice solicitar la libertad acorde con el Decreto Ley 706 de 2017 y anuncia que aporta acta de compromiso para la «…SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LAS ÓRDENES DE CAPTURA, LA REVOCACIÓN O LA SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA DE ASEGURAMIENTO…» según el mismo decreto citado, la cual empero no allega3.


2. R.J.R., a través de escrito datado 27 de junio de 2017, entregado en esa fecha en la Secretaría de la Sala4, luego de trascribir el contenido de los artículos 6º, 7º, 8º y 9º del Decreto 706 de 2017, pide que le sea...

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