Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102040002010-00985-01 de 3 de Junio de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 691648249

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102040002010-00985-01 de 3 de Junio de 2010

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal
Número de expedienteT 1100102040002010-00985-01
Fecha03 Junio 2010
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

República de Colombia

Corte Suprema de Justicia

Sala de Casación Civil



CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL


Magistrada Ponente:

RUTH MARINA DÍAZ RUEDA



Bogotá D. C., tres (3) de junio de dos mil diez (2010).


Ref.: Exp. 11001-02-04-000-2010-00985-01


Decide la Corte la impugnación interpuesta contra el fallo proferido por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia el 29 de abril de 2010, dentro de la acción de tutela promovida por el señor Benjamín López Durango frente a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja y el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y de Medidas de Seguridad de la misma ciudad.


ANTECEDENTES


1. La apoderada del solicitante quien demanda el amparo de los derechos fundamentales de su representado al debido proceso y a la libertad, pide que como mecanismo transitorio “se suspenda el tratamiento intramuros del que es víctima injusta mi mandante (…) mientras se resuelve la acción de revisión que cursa en la Corte Suprema de Justicia” (folio 3).


Adujo en apretado escrito que obra a folios 1° a 9, que Benjamín López Durango fue sentenciado por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Medellín el 24 de junio de 1998 a la pena de 42 años de prisión por los delitos de homicidio agravado, hurto calificado y “agravado” y porte de arma de fuego, decisión que posteriormente fue redosificada en 27 años mediante providencia de 12 de septiembre de 2001, descontándola en el Establecimiento Penitenciario y C. de Bellavista de Medellín desde el 15 de agosto de 1997 hasta el 30 de enero de 2009, fecha en la que le fue concedida la libertad condicional por el Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y de medidas de seguridad de la nombrada ciudad quien vigilaba el cumplimiento de la condena.


Agrega que encontrándose su poderdante privado de la libertad solicitó el permiso administrativo de hasta 72 horas y le fue negado con fundamento en que en su contra pesaba otra “pena” pendiente por descontar de 40 años de prisión impuesta por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Antioquia el 16 de noviembre de 2004 por homicidio y concierto para delinquir, por hechos ocurridos entre el 22 y el 30 de noviembre de 1997 en el Municipio de Dabeiba (Antioquia), época en la que López Durango se encontraba en detención intramural, por lo que su defendido presentó acción de revisión que cursa ante la Sala...

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