Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 71228 de 18 de Diciembre de 2013
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Tribunal de Origen | Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de expediente | T 71228 |
Fecha | 18 Diciembre 2013 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Materia | Derecho Penal |
TUTELA N° 71228
República de Colombia ROSA B.M.C. Y OTROS
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2
Magistrada Ponente:
MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ MUÑOZAprobado Acta N° 430
Bogotá D.C., dieciocho (18) de diciembre de dos mil trece (2013).
OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO
Resolver la impugnación presentada por ROSA B.M.C., Y.X.P.P., N.I.C. CUERVO y J.E.R.R., en contra del fallo de tutela proferido el 13 de noviembre de 2013 por la S. de Casación Laboral que negó el amparo de los derechos fundamentales al trabajo, debido proceso, acceso a la administración de justicia y asociación, presuntamente vulnerados por la S. Laboral del Tribunal Superior de Cundinamarca.
ANTECEDENTES RELEVANTES
Lo informado y aportado a la actuación permite extraer que:
1. El Juzgado Laboral Adjunto al Juzgado Civil del Circuito de Funza conoció de un proceso especial de fuero sindical promovido por ROSA B.M.C., Y.X.P.P., N.I.C. CUERVO y JORGE EDUARDO RODRÍGUEZ RÍOS, contra la empresa Colombiana de Embases Industriales Colvinsa S.A., para que se declarara que al momento de ser despedidos gozaban de fuero sindical por ser miembros de la junta directiva del sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria y Afines de Colombia, Sintrafincol, y en consecuencia se ordenara su reintegro y el pago de los salarios y prestaciones dejados de percibir.
Despacho judicial que mediante decisión del 17 de julio de 2013 declaró la garantía foral de los demandantes y condenó al reintegro de los cargos que venían desempeñando, así como al pago de los salarios dejados de percibir.
2. Apelada esa determinación, mediante sentencia del 26 de agosto de 2013, fue revocada en su integridad por el Tribunal Superior de Cundinamarca y, en su lugar, absolvió a la demandada.
FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
Los libelistas tras aludir a las sentencias emitidas dentro del proceso laboral en cuestión, señalaron la presencia de una vía de hecho y el desconocimiento de las garantías fundamentales, cuya protección invoca, en relación con la providencia adoptada en segunda instancia, porque dio una interpretación errónea de las normas que reglamentan la garantía de fuero sindical, incurriendo en un defecto sustantivo. Precisaron que la existencia de la aludida garantía foral se “presume con la comunicación al...
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