Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 73469 de 15 de Mayo de 2014
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Villavicencio |
Fecha | 15 Mayo 2014 |
Número de sentencia | STP6156-2014 |
Número de expediente | T 73469 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 2
JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO
MAGISTRADO PONENTE
STP6156-2014
Radicación N° 73469
Aprobado acta N° 147
Bogotá, D., quince (15) de mayo de dos mil catorce (2014).
La S. resuelve la impugnación interpuesta por el ciudadano FREDY LEONIDAS NOVOA ORTIZ contra la sentencia del 1º de abril de 2014, con la cual la S. de Decisión Penal del Tribunal Superior de Villavicencio, negó la solicitud de amparo que invoca para los derechos fundamentales que afirma vulnerados por el Juzgado 3º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Acacías (Meta).
I. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
De las pruebas allegadas en el curso del presente trámite como las aportadas por el actor, se pueden extraer los siguientes antecedentes:
Mediante auto interlocutorio del 12 de febrero de 2014, el Juzgado 3° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Acacías negó la solicitud de libertad condicional deprecada por el señor FREDY LEONIDAS NOVOA ORTIZ.
Inconforme con la anterior decisión, el sentenciado presentó recurso de reposición y, en subsidio, de apelación.
El 18 de febrero de 2014, el condenado elevó ante el juzgado ejecutor derecho de petición solicitando información acerca del trámite dado a los recursos presentados en contra de la negativa de otorgar la libertad condicional.
Mediante proveído del 14 de marzo de 2014, el Juzgado 3º de Ejecución de Penas de Acacías resolvió el recurso de reposición en el sentido de mantener incólume la determinación y concedió en efecto suspensivo la alzada.
En tales condiciones, el ciudadano FREDY LEONIDAS NOVOA ORTÍZ acude al mecanismo excepcional de la tutela, en procura de amparo para el derecho fundamental de petición que considera conculcados por el Juzgado 3° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Acacías, en tanto afirma, que no se ha resuelto su petición de fecha 18 de febrero de 2014.
Solicita, en consecuencia, ordenar al Juzgado 3° de Ejecución de Penas de Acacías se pronuncie respecto de la solicitud.
II. RESPUESTAS DE LAS ACCIONADAS
El Juzgado 3° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Acacías comenta que, respecto del recurso de reposición y en subsidio de apelación en contra del proveído del 12 de febrero de 2014 presentado por el accionante, emitió...
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