Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100122100002014-00487-01 de 17 de Octubre de 2014
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Familia de Bogotá |
Número de expediente | T 1100122100002014-00487-01 |
Número de sentencia | STC14152-2014 |
Fecha | 17 Octubre 2014 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Materia | Derecho Civil |
República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA
Magistrado ponente
STC14152-2014
Radicación n.° 11001-22-10-000-2014-00487-01
(Aprobado en sesión de quince de octubre de dos mil catorce)
Bogotá, D.C., diecisiete (17) de octubre de dos mil catorce (2014).
Decide la Corte la impugnación formulada respecto de la sentencia proferida el 11 de septiembre de 2014 por la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en la acción de tutela promovida por Julio César Rubio Arévalo contra el Consejo Superior de la Judicatura.
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ANTECEDENTES
1. El peticionario solicita la protección de los derechos fundamentales a la intimidad, honra, trabajo, libertad, debido proceso e igualdad, presuntamente quebrantados por la autoridad accionada.
2. El quejoso asevera que fue condenado dentro de la investigación criminal que se le promovió, empero el 30 de agosto de 2013, el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad declaró prescrita la pena y ordenó cancelar los antecedentes que "figuraban por cuenta de tal actuación".
A pesar de haber entregado a los destinatarios los oficios librados por ese despacho dando cuenta de tal decisión, en la página de internet del Consejo Superior de la Judicatura continúa apareciendo toda la historia de su proceso.
Alega estar perjudicado por esa situación porque él y toda su familia tienen que soportar "el escarnio público (…) por cuenta de una información que gratuitamente y sin ninguna condición brinda", su honorabilidad "está por el suelo y continuará así por más que (…) procure ser el mejor ciudadano", ninguna de las empresas donde ha presentado la hoja de vida y superado las pruebas lo ha vinculado. Estima que si la condena impuesta ya prescribió todos los antecedentes deben ser cancelados (fls. 6 y 7, cdno. 1).
3. Requiere, por tanto, ordenar a la autoridad acusada retirar de internet todo lo relacionado con su juicio (fl. 8, cdno. ídem).
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Respuesta de los accionados
El Juez Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Descongestión de Bogotá informó que conoció de la vigilancia de la sentencia condenatoria a siete meses de prisión proferida por el Juzgado Veintiséis Penal Municipal de esta ciudad, el 1° de agosto de 2008, contra el accionante por el delito de hurto agravado en la modalidad de tentativa; en providencia de 30 de agosto de 2013 "decretó la prescripción de las penas impuestas". En cumplimiento de esa decisión, se...
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