Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 76524 de 22 de Octubre de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 691766329

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 76524 de 22 de Octubre de 2014

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 76524
Fecha22 Octubre 2014
Número de sentenciaSTP14336-2014
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Pasto
MateriaDerecho Penal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

República de Colombia




Corte Suprema de Justicia




CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2



MARÍA DEL ROSARIO G.M.

Magistrada ponente


STP14336-2014

R.icación n° 76524

(Aprobado Acta No. 351)


Bogotá D.C., veintidós (22) de octubre de dos mil catorce (2014).


ASUNTO


Resolver la impugnación presentada por LUIS ALFONSO BURBANO ARMERO contra la sentencia de tutela proferida el 19 de septiembre de 2014 por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Pasto, que negó el amparo de sus derechos fundamentales presuntamente vulnerados por el Juzgado 1º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de aquella ciudad; a cuyo trámite fueron vinculados el Juzgado 2º de la misma categoría y sede, y el defensor del ciudadano referido.

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


Según se desprende del diligenciamiento, S.V.M. y LUIS ALFONSO BURBANO ARMERO fueron condenados como autores de actos sexuales con menor de catorce años.


A. primero de ellos le fue concedida la libertad condicional por auto del 28 de julio de este año, proferido por el Juzgado 2º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Pasto. No obstante, cuando el ahora accionante solicitó el otorgamiento del mismo subrogado, le fue negado por el Juzgado homólogo No. 1, en interlocutorio del 20 de agosto último.


Acude ante la jurisdicción constitucional deprecando el amparo de su derecho a la igualdad, que estima quebrantado al haber obtenido una decisión diferente a la que benefició a su compañero de causa, quien se encuentra en su misma situación.


TRÁMITE DE LA PRIMERA INSTANCIA


Con autos del 9 y 11 de septiembre de 2014, el juez plural de primer grado admitió la demanda y corrió el traslado respectivo a los despachos y el abogado previamente aludidos. Este último coadyuvó la pretensión tutelar, con argumentos similares a los expuestos en el libelo.

Los juzgados accionado y vinculado, por su parte, defendieron la legalidad de sus determinaciones, explicando los fundamentos de orden legal y jurisprudencial en los que se sustentaron. El primero de ellos, adicionalmente, informó que había librado un despacho comisorio para la notificación de su interlocutorio, sin haber obtenido su devolución, por lo que no es posible establecer si el acto de comunicación se produjo o no.


El a quo denegó el amparo solicitado. Encontró incumplido el requisito de subsidiariedad, por cuanto el interlocutorio reprochado puede atacarse mediante los recursos ordinarios, sin que se conozca si fueron interpuestos. Adicionalmente, explicó que la emisión de dos decisiones sustancialmente diferentes por despachos de igual categoría no constituye quebranto del derecho a la igualdad, sino el...

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