Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 76385 de 22 de Octubre de 2014
Sentido del fallo | DECLARACIÓN DE NULIDAD |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Sincelejo |
Número de sentencia | ATP6469-2014 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de expediente | T 76385 |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 22 Octubre 2014 |
Materia | Derecho Penal |
República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 1
GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ
MAGISTRADO PONENTE
ATP6469-2014
Radicación n° 76385
Aprobado Acta No. 351.
Bogotá, D.C., veintidós (22) de octubre de dos mil catorce (2014).
Sería el caso que la Sala se pronunciara acerca de la impugnación interpuesta por el apoderado especial del accionante Á.R.P.Z., en relación con el fallo de tutela proferido el 18 de septiembre de 2014 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Sincelejo, mediante el cual negó la protección de sus derechos fundamentales de igualdad, dignidad humana y mínimo vital, presuntamente vulnerados por la División de Nóminas de la Armada Nacional, de no ser porque se evidencia una causal de nulidad que invalida lo actuado.
ANTECEDENTES
Los hechos que determinaron la acción constitucional impetrada y las pretensiones del demandante, fueron consignados por el a-quo de la forma como sigue:
(…) El mandatario judicial narra como fundamento fáctico de la acción, lo siguiente:
2.1 Que su poderdante, trabaja para la Armada Nacional como I. de Marina- miembro activo desde hace algún tiempo, por lo que devenga a la fecha sueldo por valor de DOS MILLONES CIENTO TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS ($2.134.492)
2.2. Indica que a su mandante se le está afectando su dignidad humana, igualdad y mínimo vital, debido a los descuentos que se le realizan por embargos judiciales a su salario.
2.3. Señala que su representado viene recibiendo como salario en los meses de mayo a diciembre de 2013 y de enero a mayo del año que transcurre, valores variados siempre inferior al mínimo, todo en razón a que tiene diversas acciones judiciales.
2.4. Aduce que se le están vulnerando al aquí demandante los derechos fundamentales invocados, ya que el mismo no puede cubrir sus necesidades básicas, toda vez que es soltero y vive en una habitación por la cual paga como canon de arrendamiento mensualmente la suma de DOSCIENTOS MIL PESOS ($200.000)
2.5. Finalmente rememora que la División de Nóminas de la Armada Nacional –Tesorería, permite que se realicen los descuentos antes mencionados a su poderdante, lo cual conlleva a que no se respete su mínimo vital.
3. DERECHOS INVOCADOS
Estima el apoderado judicial...
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